•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino

En la última reunión celebrada en la Consejería nos trasladaron los posibles cambios previstos para la próxima campaña PAC 2019/2020:

- Cambios en la Normativa: Existe un proyecto de Real Decreto que modifica los Reales Decretos 1075, 1076 y 1078 de 2014.

- Novillas: A la actual definición de novilla, “El bovino hembra a partir de la edad de ocho meses que no haya parido todavía”, se le añadiría “y hasta un máximo de 36 meses”.

- Ayudas asociadas al ovino y al caprino: El periodo para comprobar el cumplimiento del requisito de 0,6 corderos o cabritos por oveja/cabra al año será el comprendido entre el 1 de junio de 2018 y el 31 de mayo de 2019. Sigue sin ser tenidos en cuenta los animales que se dejan para reposición, pero se validarán aquellos corderos o cabritos nacidos en la explotación en los últimos 12 meses, y que sean vendidos para reposición.

- Situaciones de riesgo de abandono: La superficie declarada pasará a ser inadmisible para el cobro de los derechos de pago base y pago verde en los siguientes casos:

  • Declarar 5 años seguidos, incluyendo el año de solicitud, un recinto de barbecho, con o sin cubierta. En 2018 ya era situación de riesgo.
  • Declarar 5 años seguidos, incluyendo el año de solicitud, un recinto de pastos con la actividad de mantenimiento abonado, desbroce, siega, etc.

- Ayudas a los cultivos proteicos: Se elimina la obligación de presentar factura de venta, aunque para poder cobrar la ayuda sigue siendo obligatorio que la venta sea para consumo animal o para autoconsumo si se tiene ganado. Se sigue permitiendo la entrada del ganado para consumo propio en los recintos sembrados de algún cultivo proteico.

- Cesión de datos por Catastro al propietario de las parcelas: para que Catastro pueda dar información al propietario, sobre quien declara su parcela y cultivo, habrá que autorizarlo en la solicitud única del agricultor.

- Nueva información a incluir en la Solicitud Única:

  • Maíz: Declaración jurada de que el titular es conocedor de la normativa vigente para el maíz transgénico.
  • Cultivos proteicos: Especificar si se siembra para vender la semilla con fines comerciales. No recibirá ayuda asociada.
  • Frutales: Si no prosperan las alegaciones presentadas, habrá que especificar para cada recinto la especie, variedad y año de plantación.
  • Barbechos melíferos: Si se considera para la superficie de interés ecológico (SIE) no podrá tener producción en 6 meses seguidos, al igual que todos los barbechos con o sin cubierta para SIE, desde el 1 de enero al 30 de septiembre. El recinto no puede venir de un cultivo fijador de nitrógeno del año anterior, al igual que el resto de barbechos.

- Condiciones artificiales: Se considerarán condiciones artificiales y no cobrarán ayuda entre otros:

  • Falseamiento de datos, como por ejemplo la edad, para el cobro de ayudas jóvenes, etc.
  • Darse de alta en la Seguridad Social para percibir Derechos de la Reserva Nacional y posteriormente darse de baja.
  • Declarar actividades ficticias como el estercolado, desbroce, etc.
  • Reiteración de sobredeclaraciones, es decir, tener errores de cruces de parcelas con otros agricultores y renunciar, un año tras otro.

- Ayudas Agroambientales: Se abrirán todas las líneas de ayudas para 2019.

Asociación Extremeña Ganaderos del Reino

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