•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino

La Asociación de Fruticultores de Extremadura (AFRUEX) ya había impugnado el Convenio del Campo 2016-2018, si bien fue desestimada dicha impugnación al haberse firmado ya un nuevo Convenio para 2019 y 2020.

AFRUEX presentó en el mes de septiembre una impugnación, ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, del Convenio del Campo 2019-2020.

           

El Tribunal dictó sentencia el 30 de diciembre estimando la demanda y declarando nulo el citado Convenio.

La Sentencia considera que AFRUEX está legitimada para impugnar el Convenio, al acreditar que las empresas a las que representa están incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio.

Reconoce las dificultades para justificar el nivel de representatividad de las asociaciones empresariales, al no existir un archivo público capaz de ofrecer datos fiables y objetivos sobre la representatividad, y considera que se debe invertir la carga de prueba, de manera que quien niegue tal cualidad habrá de demostrar que carecen de ellas las asociaciones empresariales negociadoras del Convenio.

Para examinar la legitimidad de las partes negociadoras del Convenio entiende que deben considerarse los datos ofrecidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, a la fecha de constitución de la Comisión Negociadora del Convenio (11 de enero de 2020), en cuanto a entidades y trabajadores que integran el sector del campo: 7.396 entidades y 25.546 trabajadores que han de estar representados en dicha negociación.

Una vez cruzados los datos aportados por las patronales con lo informado por dicha TGSS, viene a resultar que, según dicha Sentencia, estuvieron representadas en la Mesa Negociadora 1.483 entidades y 4.964 trabajadores, que suponen el 20,1% de las empresas y el 19,3% de los trabajadores. De estos, corresponden a UPA-UCE el 8,7% de los trabajadores y el 6,9% de las empresas, y a APAG Extremadura ASAJA el 10,7% de los trabajadores y el 13,2% de las empresas. COAG Extremadura no aportó documentación alguna. AFRUEX representaba a 7 entidades (0,10%) y a 2.663 trabajadores (10,42%).

La representatividad de los sindicatos no ofrece dudas, por ser el resultado de las elecciones a representantes legales de los trabajadores.

Atendiendo a que, según el artículo 87.3.c) del Estatuto de los Trabajadores “En los convenios colectivos sectoriales las asociaciones empresariales que en el ámbito geográfico y funcional del convenio cuenten con el diez por ciento de los empresarios, en el sentido del artículo 1.2, y siempre que estas den ocupación a igual porcentaje de los trabajadores afectados, así como aquellas asociaciones empresariales que en dicho ámbito den ocupación al quince por ciento de los trabajadores afectados”, no estaría legitimada UPA-UCE Extremadura y sí lo estaría APAG Extremadura ASAJA, por los porcentajes de representación antes citados. Por lo tanto, según la Sentencia, la Comisión negociadora no estaría válidamente constituida al no estar representados los empresarios que ocupen a la mayoría de los trabajadores afectados por el convenio, según establece el artículo 88.2 del Estatuto de los Trabajadores.

En consecuencia, la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura estima la demanda deducida por AFRUEX, a la que mostró su conformidad APAG-ASAJA Cáceres, frente a las partes negociadoras del Convenio 2019-2020 (UPA-UCE Extremadura, APAG Extremadura ASAJA, COAG Extremadura, CCOO y UGT), y lo declara nulo, por ilegalidad.

Asociación Extremeña Ganaderos del Reino

Avenida de Colón 5, entreplanta C
06001 BADAJOZ
ESPAÑA

CIF G06174064
Teléfono y FAX 924 230 138
Móvil 616 924 439

Formamos parte delogoAPAGExtremaduraAsaja

 

¿Quieres asociarte?

Para asociarse, imprima y rellene el cuestionario adjunto, enviándolo a nuestra dirección.

No dude en llamarnos si tiene cualquier pregunta.

Descarga documento de afiliación