•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino
  • Periodo transitorio: La PAC de 2021 y 2022 se regirá por las mismas reglas de campañas anteriores, con algunas modificaciones, y el presupuesto será el del periodo 2021-2027. Será en 2023 cuando entre en vigor plenamente la nueva PAC.
  • Presupuestos: Los importes disponibles para cada una de las ayudas (pago básico, verde, ayudas asociadas, para jóvenes, etc.) se reducen en 2021 con respecto a los vigentes en 2020. Para 2022 estos importes vuelven a reducirse.
  • Convergencia: Mediante la convergencia se pretende que el valor unitario de cada derecho se aproxime progresivamente al valor medio de cada región productiva. En 2021 ningún derecho tendrá un valor unitario inferior al 70% del valor medio de la región. Este porcentaje se eleva al 80% en 2022. Para financiar este incremento del valor de los derechos que están por debajo de la media se reducirá el valor de aquellos derechos que superen, al 31/12/2020, dicho valor medio en la región. Se mantienen las mismas regiones que se crearon para la PAC 2015-2020.
  • Nuevo programa SGA. A partir de esta campaña la Solicitud Única se tramitará con el Programa Sistema de Gestión de Ayudas (SGA), del Ministerio de Agricultura, que ya venían utilizando otras Comunidades Autónomas: https://prusgadmz.juntaex.es/SgaCac.
  • Se seguirá usando la aplicación ARADO para tramitar los movimientos de derechos de pago básico.
  • Controles por monitorización: En las comarcas agrarias situadas en la provincia de Badajoz se efectuarán controles mediante monitorización, para todas las ayudas directas y en las ayudas a la producción integrada en el cultivo del arroz, del tomate y en el mantenimiento a la producción ecológica de los cultivos herbáceos en secano, de los expedientes cuyas superficies declaradas estén íntegramente incluidas en dichas comarcas.
  • Los “Controles por Monitorización” consisten en la utilización de imágenes de los satélites Sentinel, de manera periódica y continua, para comprobar la compatibilidad entre la actividad agraria declarada por el agricultor y la observada en la serie temporal de imágenes de satélite. Esta información es procesada con sistemas de inteligencia artificial y complementada por otras tecnologías como el uso de drones o apps para la captura de fotografías geoetiquetadas.
  • Periodo de modificación de los controles por monitorización: Una vez que se hayan comunicado los resultados provisionales a nivel de parcela de los controles mediante monitorización, se podrán presentar modificaciones, hasta el 31 de agosto, de la delimitación gráfica o a la utilización de las parcelas agrarias.
  • Fotografías georeferenciadas: Como consecuencia de los resultados provisionales de los controles por monitorización, los beneficiarios que lo deseen podrán aportar fotografías georeferenciadas como pruebas adicionales. La fotografía georeferenciada contiene información de la ubicación geográfica donde fue tomada. Es decir, incluye sus coordenadas GPS entre los metadatos que la cámara digital suele incrustar en la fotografía.
  • SgaFoto: Para realizar dichas fotografías georeferenciadas, que irán asociadas a las líneas de declaración de los expedientes que se gestionan en el sistema de Solicitud Única, se utilizará la aplicación móvil SgaFoto, que se ha desarrollado en el ámbito del Sistema de Gestión de Ayudas (SGA).
  • Pastoreo sobre Barbecho: Este año se permite el pastoreo sobre Barbecho Tradicional con cubierta vegetal como actividad agraria, siempre con ganado propio. Lógicamente no se permite sobre el Barbecho declarado para justificar la Superficie de Interés Ecológico (SIE), que no puede tener ningún tipo de actividad.
  • Pastos de uso común: Para evitar la creación de condiciones artificiales en la concesión de pastos permanentes de uso en común de titularidad pública a beneficiarios que no los utilizan, la actividad de pastoreo solo será admisible si se realiza con animales de la propia explotación.
  • Olivar: A partir de 2021 en las plantaciones de olivar es necesario indicar la variedad y el año de plantación de los olivos cuando la superficie declarada en el recinto supere 0,10 hectáreas. Esto ya ocurría para los frutales. No obstante, no será necesario declarar el año de plantación para los olivares anteriores a 2010.
  • Cultivos permanentes: En el caso de cultivos permanentes, además del producto cultivado, se deberá indicar el tipo de cobertura del terreno y las actividades de mantenimiento de la misma.
  • Jóvenes ganaderos: En el caso de jóvenes ganaderos, y de ganaderos que comiencen su actividad, que se incorporen en una explotación ganadera, al presentar su primera solicitud única, los animales con derecho a cobro de estas ayudas serán los elegibles que estén presentes en la explotación a fecha 30 de abril, en vez de al 1 de enero como se exigía antes.
  • Modificaciones al SIGPAC: Se introduce la posibilidad de presentar las alegaciones en los mismos plazos de modificación de la solicitud única como consecuencia de los controles preliminares y por monitorización. Además, las comunidades autónomas podrán actualizar de oficio la información del SIGPAC en l
  • Ayuda a las legumbres de calidad: Solamente se considerarán legumbres de calidad las especies de garbanzo, lenteja y judía que se cultiven al amparo de Denominaciones de Origen Protegida, Indicaciones Geográficas Protegidas o de Producción Ecológica.
  • Superficies de interés ecológico:Se añade el cuernecillo (Lotus Corniculatus L.) a la lista de cultivos fijadores de nitrógeno válidos para justificar la superficie de interés ecológico.
  • Temporada de cría de aves: Queda prohibido cortar tanto setos como árboles durante la temporada de cría y reproducción de las aves, salvo autorización expresa. Se tomará como referencia el periodo comprendido entre los meses de marzo a julio.
  • Prohibida la recolección mecánica nocturna: Se prohíbe la recolección mecánica nocturna en los cultivos permanentes que presenten plantaciones intensivas en seto de porte alto, denso follaje y en los que se produzca la anidación o pernoctación de aves, con objeto de proteger a las aves durante la época de cría y reproducción, en las fechas que establezcan las comunidades autónomas.
  • Movimiento de derechos: El plazo para presentar las comunicaciones de movimientos de derechos de pago básico se iniciaba el 1 de noviembre del año anterior. Sin embargo para esta campaña el plazo se abrió el 1 de febrero, y finalizará en la misma fecha que el plazo de modificaciones de la solicitud única.

RECORDATORIOS

  • Barbecho con cubierta: En las superficies declaradas como Barbecho con cubierta vegetal espontánea, dicha cubierta vegetal debe proceder de un rastrojo de un cultivo cosechado el año anterior o de un barbecho sin cubierta vegetal del año anterior. Se deberá realizar como actividad agraria la eliminación de vegetación espontánea por métodos químicos y/o pastoreo con ganado propio.
  • Vacas nodrizas: Para la Ayuda asociada a las vacas nodrizas son elegibles las hembras paridas en los 20 meses previos al 30 de abril (desde el 1/09/2019 al 20/04/2021). Se consideran novillas aquellas hembras que no han parido y tienen como mínimo 8 meses de edad y como máximo 36. Por las novillas se paga como máximo un número igual al 15% de las vacas nodrizas elegibles.
  • Ovino y caprino: Para las Ayudas asociadas al ovino y al caprino son elegibles las hembras reproductoras a 1 de enero. Como mínimo deben salir de la explotación 0,6 corderos por hembra elegible en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2020 y el 31 de mayo de 2021. Se consideran también los animales nacidos en la explotación comercializados para reposición con menos de 12 meses e identificación individual, que no se hayan considerado como reproductores en la declaración censal a 1 de enero.
  • Vacuno de cebo: Para la ayuda Asociada al vacuno de cebo son elegibles los bovinos entre 6 y 24 meses de edad que hayan ido cebados entre el 1 de octubre de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 en la explotación del beneficiario o cebadero comunitario, y sacrificados en matadero, o exportados, en ese mismo periodo.
  • Ayudas asociadas a la ganadería. Recordamos la importancia de presentar, hasta el 28 de febrero, la Declaraciones de Censo, así como de confirmar las Guías de entrada de animales en la explotación (incluyendo el porcino, o cuando proceden de otra explotación del mismo titular), ya que puede suponer la pérdida de ayudas. El plazo es de siete días, como máximo, desde la llegada de los animales.

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