•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino

Se han aprobado dos programas de ayudas con motivo de la guerra de Ucrania, para ganado vacuno, ovino y caprino, de carne y de leche, y para otros sectores, que resumimos a continuación:

Ayudas para vacuno de carne, ovino y caprino de carne

No es necesario solicitar esta ayuda. Se abonará para los animales de la PAC 2021

Pendiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el Ministerio de Agricultura ha facilitado un Borrador del Real Decreto por que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de una ayuda excepcional de adaptación para compensar las dificultades económicas derivadas del conflicto bélico en Ucrania en determinados sectores.

Concretamente, se concederán ayudas para vacuno de carne, ovino y caprino de carne, avicultura de carne (pollos), conejos y productores de cítricos, exclusivamente para el ejercicio financiero 2022.

Ganado de carne Presupuesto (millones de euros)

Importe máximo

(Euros / cabeza)

Límite de animales

Máximo por explotación

(Euros)

Vaca nodriza 97,7 60 125 7.500
Vacuno de cebo 12,3 15 520 7.800
Ovino y caprino de carne 31,7 7 800 5.600

La cuantía máxima a conceder en esta ayuda será de 193.470.759 euros y se articula en las siguientes líneas de ayuda por sector productor:

a) Vacuno de carne, con una financiación máxima de 110.000.000 euros, correspondiendo 97.700.000 euros al subsector de la vaca nodriza y 12.300.000 euros al engorde de terneros.

b) Ovino y caprino de carne con una financiación máxima de 31.700.000 euros

c) Avicultura de carne con una financiación máxima de 10.000.000 euros.

d) Cunicultura con una financiación máxima de 3.000.000 euros.

e) Cítricos con una financiación máxima de 38.700.000 euros

Serán beneficiarios de esta ayuda los productores de vacuno de carne y los productores de ovino y caprino que:

a) Hayan presentado en el año 2022 la solicitud única.

b) Sean titulares, a fecha 1 de enero de 2022, de explotaciones inscritas en el registro general de explotaciones ganaderas (REGA) con el tipo de explotación “Producción y reproducción” o tipo “Pasto”. En el primer caso a nivel subexplotación deberán estar clasificadas como explotaciones de bovino, ovino o caprino con una clasificación zootécnica de «reproducción para producción de carne» o «reproducción para producción mixta» o explotaciones de bovino con una clasificación de “cebo o cebadero”.

c) En el caso de ser productores de ovino y caprino, no cuenten con declaraciones de entregas o de ventas directas registradas en el Sistema Unificado de Información Láctea (INFOLAC) durante el año 2021.

d) Hayan solicitado en el año 2021 alguna ayuda asociada, y cuenten con animales determinados para percibirla.

e) En el caso de los productores de ovino y caprino, contaran en 2021 con un número de hembras elegibles igual o superior a 30 ovejas y 10 cabras.

f) En el caso de los productores dedicados al engorde de terneros, tuvieran en 2021 un número de animales elegibles igual o superior a 3 terneros.

g) Hayan percibido, en relación a la solicitud única de ayudas de la PAC del año 2021, el pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima o el medioambiente.

h) En caso de no cumplir lo previsto en la letra anterior, deberán haber percibido, en relación a la solicitud única de ayudas de la PAC del año 2021 o a una solicitud de pago de un programa de desarrollo rural presentada durante 2021, alguna de las ayudas previstas en los programas de desarrollo rural de las Comunidades Autónomas.

i) En caso de no cumplir lo previsto en la letra g) ni en la letra h), deberán estar realizando en su explotación alguna actividad relacionada con al menos uno de los siguientes objetivos: economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de los recursos, o producción respetuosa con el medioambiente y el clima. En estos casos el beneficiario presentará una declaración responsable con el compromiso de realizar alguna de dichas actividades.

Seconsiderarán animales con derecho a ayuda aquellos que lo fueron en la solicitud única de ayudas de la PAC del año 2021.

En los casos de cambios de titularidad de la explotación ganadera que hayan tenido lugar antes del final del periodo de modificación de la solicitud única de 2022 se considerarán como animales subvencionables los animales determinados en 2021 del anterior titular.

En el caso de jóvenes ganaderos, y de ganaderos que comiencen su actividad, siendo la solicitud única de 2022 aquella en la que se solicitan por primera vez alguna de las ayudas asociadas a la ganadería, los animales con derecho a cobro de estas ayudas serán:

I. Los animales elegibles a efectos de la ayuda asociada a las explotaciones que mantienen vacas nodrizas presentes en la explotación a fecha 30 de abril de 2022.

II. Los animales elegibles presentes en la explotación según la última declaración censal disponible a fecha 30 de abril de 2022 en el ovino y caprino.

III. Los animales elegibles que cumplan los requisitos para percibir la ayuda asociada a los terneros cebados en otra explotación que estén presentes en la explotación a fecha 30 de abril de 2022.

Esta ayuda es incompatible con la prevista en el artículo 31 del Real Decreto-ley 6/2022, para el ganado de leche.

El número máximo de animales subvencionables para cada uno de los beneficiarios será:

  • 125 vacas nodrizas incluido el porcentaje de novillas.
  • 520 terneros de engorde.
  • 800 ovejas o cabras.

Estos máximos se aplican de manera independiente para cada beneficiario, salvo en el caso de ovejas y cabras que el máximo por beneficiario se aplica teniendo en cuenta la suma de ambas.

La cuantía máxima de la ayuda para los productores de vacuno, ovino y caprino de carne no podrá superar:

a) 60 euros por vaca nodriza.

b) 15 euros por ternero.

c) 7 euros por oveja y cabra.

Para los productores de avicultura de carne, la ayuda máxima por beneficiario según la capacidad de la explotación será la siguiente:

a) De 251 a 1.000 plazas: 600 euros; b) De 1.001 a 5.000 plazas: 810 euros; c) De 5001 a 10.000 plazas: 1.200 euros; d) De 10.001 a 20.000 plazas: 1.800 euros; e) De 20.001 a 30.000 plazas: 2.400 euros; f) De 30.001 a 40.000 plazas: 3.000 euros; g) De 40.001 a 50.000 plazas: 3.600 euros; h) A partir de 50.001 plazas: 4.800 euros.

Para los productores de conejos, la ayuda máxima por beneficiario según la capacidad de la explotación será la siguiente:

a) De 50 a 500 plazas de reproductoras: 2.580 euros; b) De 501 a 1.000 plazas de reproductoras: 3.870 euros; c) De más de 1.001 plazas reproductoras: 5.160 euros;

En el caso de los productores de avicultura de carne y de los productores que conejos, si un mismo beneficiario es titular de más de una explotación, a efectos de determinar el estrato en el que se ubica para establecer el máximo de ayuda, se sumarán las capacidades máximas de todas sus explotaciones de la misma especie.

Para los productores de cítricos las cuantías máximas por hectárea serán:

a) Para las 5 primeras hectáreas: 300 €/ha; b) A partir de 5 hectáreas y hasta 10 hectáreas: 250€/ha; c) A partir de 10 hectáreas y hasta 30 hectáreas 190 €/ha

Las autoridades competentes de las comunidades autónomas podrán ajustar los importes unitarios de las ayudas en función del número de animales admisibles o de las explotaciones en cada estrato y los fondos disponibles para cada grupo de productores.

Para aquellos productores de vacuno de carne, ovino y caprino de carne y, en su caso, cítricos, la solicitud de la ayuda se entenderá realizada por la presentación en el año 2022, de la solicitud única de las ayudas, si no renuncian a esta ayuda mediante comunicación expresa a la Comunidad Autónoma ante la que hayan presentado dicha solicitud única, en el plazo máximo de diez días hábiles siguientes a la publicación del real decreto.

El Reglamento Delegado establece unos plazos muy ajustados para la tramitación de estas ayudas, de tal modo que los pagos a los productores deberán realizarse antes del 30 de septiembre de 2022.

Ayudas a los productores de leche (vacuno, ovino y caprino)

No es necesario solicitar esta ayuda. Se abonará para los animales de la PAC 2021

El Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania (BOE nº 76, de 30/03/2022), incluye “Medidas de refuerzo por el incremento de costes en el tejido empresarial de actividades críticas del sector primario”, con ayudas a los productores de leche (vacuno, ovino y caprino), que resumimos a continuación:

El Ministerio de Agricultura concederá ayudas directas a los productores de leche, en compensación por el incremento de costes provocados por el aumento del precio de la electricidad, los piensos de alimentación animal y los combustibles, derivado de la situación creada por la invasión de Ucrania.

Serán beneficiarios de dichas ayudas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones de producción de leche, entendiendo como tales a los titulares de explotaciones de ganado vacuno, ovino o caprino dedicadas a la producción de leche que figuren como tales en el Registro General de Explotaciones Ganaderas y tengan acreditada su actividad en el último año por haber declarado entregas o venta directa de leche al Sistema Unificado de información del sector lácteo (INFOLAC) en 2021.

Ganado de leche Presupuesto (millones de euros) Número de animales

Importe máximo

(Euros / cabeza)

Vaca de leche 124,0 Hasta 40 animales 210
Entre 41 y 80 140
Más de 180 100
Ovino de leche 32,3 Todos 15
Caprino de leche 12,7 Todos 10

Las ayudas tendrán una cuantía total máxima en su conjunto de 169.000.000 de euros, que se distribuye en cuantías estimadas de 124.000.000 euros para los productores de leche de vaca, 32.300.000 euros para los productores de leche de oveja y 12.700.000 euros para los productores de leche de cabra, concediéndose de acuerdo con los siguientes criterios e importes unitarios:

a) Producción de leche de vaca: 210 euros por vaca hasta un máximo de 40 animales por beneficiario; 140 euros por vaca para los animales por beneficiario comprendidos en un número adicional entre 41 y180, y 100 euros por vaca para los animales por beneficiario comprendidos en un número adicional superior a180.

b) Producción de leche de oveja: 15 euros por oveja.

c) Producción de leche de cabra: 10 euros por cabra.

En todo caso, el importe máximo a percibir por empresa no podrá superar los 35.000 euros.

El número de cabezas de ganado de cada beneficiario se determinará de oficio por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y será el que se haya establecido para el cobro de las ayudas asociadas al sector de la leche de vaca, y al sector ovino y caprino, de acuerdo con la información correspondiente a la solicitud única efectuada en 2021 para el cobro de las ayudas asociadas.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación publicará en su sede electrónica asociada (https://sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA), antes del 3 de mayo, la relación de titulares de las explotaciones en los que concurran los requisitos de actividad requeridos, así como el número de cabezas de ganado computadas y la cuantía provisional de la ayuda a recibir.

Los beneficiarios, o aquellos interesados que no figuren en la relación, dispondrán de 5 días hábiles para alegar, aportando la documentación correspondiente, los errores, omisiones u otras circunstancias que estimen convenientes.

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