En nuestro Boletín de abril informamos de dos programas de ayudas con motivo de la guerra de Ucrania, para ganado vacuno, ovino y caprino, de carne y de leche, y para otros sectores, en base al borrador del Real Decreto.
Con fecha 08/06/2022 se ha publicado ya en el BOE el Real Decreto 428/2022, de 7 de junio, que establece las bases reguladoras de estas ayudas, y que ha sufrido algunas modificaciones, como los importes por cabeza, con respecto a la información que nos había adelantado el Ministerio en abril:
Ayudas para vacuno de carne, ovino y caprino de carne
No es necesario solicitar esta ayuda. Se abonará antes del mes de septiembre y de acuerdo a los censos que se pagaron en la PAC 2021.
Concretamente, se concederán ayudas para vacuno de carne, ovino y caprino de carne, avicultura de carne (pollos), conejos y productores de cítricos, exclusivamente para el ejercicio financiero 2022.
Ganado de carne | Presupuesto (millones de euros) |
Importe máximo (Euros / cabeza) |
Límite de animales |
Máximo por explotación (Euros) |
Vaca nodriza | 97,7 | 60 | 125 | 7.500 |
Vacuno de cebo | 12,3 | 12 | 520 | 6.240 |
Ovino y caprino de carne | 31,7 | 5 | 800 | 4.000 |
La cuantía máxima a conceder en esta ayuda será de 193.470.759 euros y se articula en las siguientes líneas de ayuda por sector productor:
a) Vacuno de carne, con una financiación máxima de 110.000.000 euros, correspondiendo 97.700.000 euros al subsector de la vaca nodriza y 12.300.000 euros al engorde de terneros.
b) Ovino y caprino de carne con una financiación máxima de 31.700.000 euros
c) Avicultura de carne con una financiación máxima de 10.000.000 euros.
d) Cunicultura con una financiación máxima de 3.000.000 euros.
e) Cítricos con una financiación máxima de 38.700.000 euros
Serán beneficiarios de esta ayuda los productores de vacuno de carne y los productores de ovino y caprino que:
a) Hayan presentado en el año 2022 la solicitud única.
b) Sean titulares, a fecha 1 de enero de 2022, de explotaciones inscritas en el registro general de explotaciones ganaderas (REGA) con el tipo de explotación “Producción y reproducción” o tipo “Pasto”. En el primer caso a nivel subexplotación deberán estar clasificadas como explotaciones de bovino, ovino o caprino con una clasificación zootécnica de «reproducción para producción de carne» o «reproducción para producción mixta» o explotaciones de bovino con una clasificación de “cebo o cebadero”.
c) En el caso de ser productores de ovino y caprino, no cuenten con declaraciones de entregas o de ventas directas registradas en el Sistema Unificado de Información Láctea (INFOLAC) durante el año 2021.
d) Hayan solicitado en el año 2021 alguna ayuda asociada, y cuenten con animales determinados para percibirla.
e) En el caso de los productores de ovino y caprino, contaran en 2021 con un número de hembras elegibles igual o superior a 30 ovejas y 10 cabras.
f) En el caso de los productores dedicados al engorde de terneros, tuvieran en 2021 un número de animales elegibles igual o superior a 3 terneros.
g) Hayan percibido, en relación a la solicitud única de ayudas de la PAC del año 2021, el pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima o el medioambiente.
h) En caso de no cumplir lo previsto en la letra anterior, deberán haber percibido, en relación a la solicitud única de ayudas de la PAC del año 2021 o a una solicitud de pago de un programa de desarrollo rural presentada durante 2021, alguna de las ayudas previstas en los programas de desarrollo rural de las Comunidades Autónomas.
i) En caso de no cumplir lo previsto en la letra g) ni en la letra h), deberán estar realizando en su explotación alguna actividad relacionada con al menos uno de los siguientes objetivos: economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de los recursos, o producción respetuosa con el medioambiente y el clima. En estos casos el beneficiario presentará una declaración responsable con el compromiso de realizar alguna de dichas actividades.
Se considerarán animales con derecho a ayuda aquellos que lo fueron en la solicitud única de ayudas de la PAC del año 2021.
En los casos de cambios de titularidad de la explotación ganadera que hayan tenido lugar antes del final del periodo de modificación de la solicitud única de 2022 se considerarán como animales subvencionables los animales determinados en 2021 del anterior titular.
En el caso de jóvenes ganaderos, y de ganaderos que comiencen su actividad, siendo la solicitud única de 2022 aquella en la que se solicitan por primera vez alguna de las ayudas asociadas a la ganadería, los animales con derecho a cobro de estas ayudas serán:
1º. Los animales elegibles a efectos de la ayuda asociada a las explotaciones que mantienen vacas nodrizas presentes en la explotación a fecha 30 de abril de 2022.
2º. Los animales elegibles presentes en la explotación según la última declaración censal disponible a fecha 30 de abril de 2022 en el ovino y caprino.
3º. Los animales elegibles que cumplan los requisitos para percibir la ayuda asociada a los terneros cebados en otra explotación que estén presentes en la explotación a fecha 30 de abril de 2022.
Esta ayuda es incompatible con la prevista en el artículo 31 del Real Decreto-ley 6/2022, para el ganado de leche.
El número máximo de animales subvencionables para cada uno de los beneficiarios será:
- 125 vacas nodrizas incluido el porcentaje de novillas.
- 520 terneros de engorde.
- 800 ovejas o cabras.
Estos máximos se aplican de manera independiente para cada beneficiario, salvo en el caso de ovejas y cabras que el máximo por beneficiario se aplica teniendo en cuenta la suma de ambas.
La cuantía máxima de la ayuda para los productores de vacuno, ovino y caprino de carne no podrá superar:
a) 60 euros por vaca nodriza.
b) 12 euros por ternero.
c) 5 euros por oveja y cabra.