•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino

Se pagarán 35 euros por cada animal mayor de 24 meses, siempre que la explotación haya notificado la sospecha de la enfermedad o bien que haya sido objeto de una encuesta epidemiológica sobre dicha enfermedad

Mediante el Decreto-Ley 5/2023 de la Junta de Extremadura, de 14 de noviembre (DOE nº 220, de 16/11/2023), se aprueba la concesión de una ayuda directa a titulares de explotaciones bovinas de Extremadura que hayan notificado sospecha de enfermedad hemorrágica epizoótica en 2023.

La Consejería de Agricultura, Gana­dería y Desarrollo Sostenible concederá una subvención directa a las personas o entidades titulares de explotaciones ganaderas de ganado bovino que figuren en BADIGEX (base de datos del Registro de explotaciones ganaderas, identificación y trazabilidad animal de Extremadura), al objeto de paliar los gastos económicos asociados a la detección de la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE) en sus explotaciones.

Estas ayudas se someten al régimen de mínimis. Recordamos que no se puede recibir más de 25.000 euros en un periodo de tres años por ayudas de mínimis.

Beneficiarios

Serán beneficiarias de esta ayuda las personas o entidades en las que concurran, entre otros, los siguien­tes requisitos:

Que sean titulares de una explotación ganadera de ganado bovino que figure inscrita en el BADI­GEX a fecha 1 de junio de 2023 y permanezca como tal a fecha 15 de octubre de 2023, clasificada como tipo de explotación ganadera de producción y reproducción y clasificación zootécnica reproducción para producción de carne, reproducción para producción de leche o reproducción mixta.

Que la explotación cuente con notificación de sospecha de EHE realizada en 2023, por parte de un veterinario, y ante los Servicios Veterina­rios Oficiales, o bien que la explotación haya sido objeto de una encuesta epidemiológica sobre dicha enfermedad, llevada a cabo directamente por el Servicio de Sanidad Animal y en la que se haya revelado su sospecha. La notificación o la encuesta epidemiológica han tenido que ser realizadas como máximo el 15 de octubre de 2023.

Procedimiento de concesión

La Consejería de Agricultura publicará la relación pro­visional de beneficiarios de la ayuda, incluyendo el número de animales computables, importe de la ayuda e incidencias detectadas, en el portal Web Juntaex:

https://www.juntaex.es/temas/agricultura-ganaderia/sanidad-animal,

Los beneficiarios dispondrán de 5 días hábiles por si desean desistir.

La ayuda se abonará en la cuenta que se haya señalado en la Solicitud Única de Ayudas PAC 2023.

El listado provisional incluirá los importes de las ayudas de mínimis que, en su caso, se hayan recibido. Quienes hubieran recibido ayudas en concepto de mínimis superiores a las re­flejadas en dicho listado provisional, deberán notificarlo mediante la cumplimentación del anexo II del Decreto-ley en el plazo de 10 días hábiles.

Cuantía de las ayudas

La cuantía de la ayuda será de 35’00 euros por cada bovino mayor de 24 meses en situación de pertenencia en cada una de las ex­plotaciones incluidas en el listado a que se hace referencia en el apartado 1 del artículo 5 de este Decreto-ley, a fecha 1 de junio de 2023.

No se concederá la ayuda cuando la cuantía obtenida por cada persona o entidad titular de explotaciones (NIF) sea inferior a 200 euros.

El importe máximo a recibir por persona o entidad titular de explotaciones (NIF) de la ayu­da será de 7.000 euros.

En el caso de que los beneficiarios hayan sido per­ceptores de otras ayudas con carácter de mínimis, se ajustará la cuantía final, de oficio, al límite máximo establecido legalmente para las ayudas con este carácter.

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