•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino

Como informamos en nuestro Boletín de octubre pasado, el FEGA calculó de manera provisional el importe de la ayuda asociada a las explotaciones que mantienen vacas nodrizas, campaña 2018, en base al número de animales potencialmente subvencionables, con objeto de que las comunidades autónomas pudieran abonar un anticipo de esta ayuda.

Ahora el FEGA ha publicado el importe definitivo de la ayuda asociada a la vaca nodriza, campaña 2018.

Para esta ayuda se diferencian dos regiones: España peninsular y región insular. La dotación para la región España Peninsular que ha servido para el cálculo es de 185.911.784,97 euros y de 450.410,49 euros para la región insular.

En la presente campaña 2018, 2.034.306 animales han cumplido los requisitos establecidos en la región España Peninsular, y 2.810 animales en la región insular. Al igual que ocurriera el año pasado, finalmente el número de animales es mayor que el que se había estimado provisionalmente.

En consecuencia, los importes unitarios definitivos se han fijado en 91,388308 euros/animal para la región España Peninsular, y 160,288431 euros/animal en la región insular.

El importe definitivo de esta ayuda en 2017 fue de 91,835286 euros/animal y de 94,177847 euros/animal en 2016.

Para la ayuda asociada a las explotaciones de vacuno de cebo se diferencian dos regiones: España peninsular y Región Insular, y se diferencia a su vez entre los animales que han sido cebados en la misma explotación de nacimiento o en cebaderos comunitarios gestionados por productores de vaca nodriza, de aquellos animales que han sido cebados y proceden de otra explotación.

Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región España Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2018 de 12.413.274,69 euros, a repartir entre 398.433 animales con derecho a pago (381.843 en 2015, 403.835 en 2016 y 396.379 en 2017), según los datos que las comunidades autónomas han comunicado al FEGA, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 31,155237 euros/animal (32,704541en 2015, 30,684918 en 2016 y 31,277784 en 2017).

Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región España Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2018 de 25.907.146,86 euros, a repartir entre 1.591.081 animales con derecho a pago (1.323.737 en 2015, 1.388.003 en 2016 y 1.523.293), según los datos comunicados por las comunidades autónomas al FEGA, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 16,282732 euros/animal (19,575641 en 2015, 18,663599 en 2016 y 17,006918).

Resumimos a continuación los importes definitivos de diversas ayudas asociadas, correspondientes a la PAC 2018, de acuerdo con los datos publicados por el FEGA:

AYUDAS   ASOCIADAS 2018
Producción Animales   con derecho a pago

Importe   unitario

(Euros/cabeza)

Extremadura TOTAL
Vaca nodriza España peninsular 474.976 2.034.306 91,388308  
Región Insular 0 2.810 160,288431
Ovino España Peninsular 2.417.694 10.550.523 11,792726
Región Insular 0 163.116 20,826332
Caprino España peninsular 111.984 766.095 7,020299
Región insular y zonas de montaña 39.831 575.698 8,830371
Vacuno de cebo España Peninsular Cebados   en la misma explotación. 52.000 398.433 31,155237
España Peninsular Procedentes   de otra explotación. 65.000 1.591.081 16,282732
España Insular Cebados en la misma explotación. 0 1.455 63,917525
España Insular Procedentes de otra explotación. 0 4.705 41,020191
Vacuno de leche España peninsular 3.718 571.259 126,154720
Región insular y zonas de montaña 69 243.713 141,883304
Ganaderos que mantuvieron derechos   especiales en 2014 y no   disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago   básico. Ovino y caprino 8.300 827.451 36,443245
Vacuno de cebo 7.000 33.137 43,455955
Vacuno de leche 27 12.859 173,186095

12345 

AYUDAS   ASOCIADAS 2018
Producción Hectáreas   solicitadas

Importe   unitario

(euros/ hectárea)

Extremadura TOTAL
Arroz 21.477,68 102.055,60 118,967677
Proteaginosas   (guisante, habas,   altramuz dulce) yLeguminosas   (veza, yeros,   algarrobas, titarros, almortas, alholva, alverja, alverjón, alfalfa -solo en   superficies de secano-, esparceta, zulla). 8.565,00 441.009,00 48,910345  
Oleaginosas*(Girasol, colza,   soja, camelina, cártamo). 10.214,89 612.675,31 37,135215  

Frutos de Cáscara y algarrobas. Almendro y algarrobo (secano) y avellano (secano y regadío).

España Peninsular

3.557,07 391.886,47 30,090265

Frutos de Cáscara y algarrobas. Almendro y algarrobo (secano) y avellano (secano y regadío).

Región Insular

0 14.869,76 61,321928
Tomate para industria 22.010,70 30.605,82 207,483505

  

*

SUPERFICIE   OLEAGINOSAS: El número de hectáreas que han cumplido los requisitos   establecidos en el Real Decreto 1075/2014 son 707.118,02 Hectáreas.   No obstante, en el caso de las oleaginosas, la superficie máxima elegible por   explotación será de 50 Ha.   Teniendo en cuenta esta consideración, la superficie determinada total   correspondiente a las primeras 50    Ha por explotación asciende a 612.675,31 Ha.

La deducción por “disciplina financiera” que se ha aplicado a estas ayudas es el 1,41197%.

Los cuadros siguientes muestran la evolución de los importes unitarios de las ayudas asociadas en los cuatro últimos años:

Producción

Importe unitario

(Euros/cabeza)

2018 2017 2016 2015
Vaca nodriza España peninsular 91,388308 91,835286 94,177847 97,195713
Ovino España Peninsular 11,792726 11,516030 11,798471 12,055758
Caprino España peninsular 7,020299 6,454508 7,151657 7,886167
Región insular y zonas de montaña 8,830371 8,206420 8,937265 10,911015 
Vacuno de cebo España Peninsular Cebados en la misma explotación. 31,155237 31,277784 30,684918 32,704541
España Peninsular Procedentes de otra explotación. 16,282732 17,006918 18,663599 19,575641
Vacuno de leche España peninsular 126,154720 123,548241 120,061015 120,513316
Región insular y zonas de   montaña 141,883304 138,214047 131,878778 123,608115
Ganaderos que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación   de derechos de pago básico. Ovino y caprino 36,443245 36,875393 39,839505 44,949297
Vacuno de cebo 43,455955 40,675668 39,283083 45,064780
Vacuno de leche 173,186095 166,816479 169,870328 189,081338

12345

Producción Importe unitario (euros/hectárea)
2018 2017 2016 2015
Arroz 118,967677 114,722097 113,454680 112,944822
Proteaginosas(guisante,   habas, altramuz dulce) yLeguminosas(veza,   yeros, algarrobas, titarros, almortas, alholva, alverja, alverjón, alfalfa   -solo en superficies de secano-, esparceta, zulla). 48,910345 45,307116 48,750969 48,062489
Oleaginosas   *(Girasol, colza,   soja, camelina, cártamo). 37,135215 34,735893 37,712559 38,149296

Frutos de Cáscara y algarrobas. Almendro   y algarrobo (secano) y avellano (secano y regadío).

España Peninsular

30,090265 31,072988 32,686238 33,682035
Tomate para industria 207,483505 179,829060 178,105826 201,703813

Se aprecia un descenso en los importes de las ayudas asociadas, tanto el ganadería como en agricultura, con la excepción del vacuno de leche y el arroz.

El pasado 12 de mayo entró en vigor la obligación de registrar la jornada laboral, incluyendo el horario de inicio y de finalización de la jornada de trabajo, establecida por el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. (BOE nº 61, de 12/03/2019).

Con la regulación de jornada se pretende “garantizar el cumplimiento de los límites en materia de jornada, de crear un marco de seguridad jurídica tanto para las personas trabajadoras como para las empresas y de posibilitar el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.”

El citado Real Decreto-Ley establece que “Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.”

El tipo de sistema de registro responderá a la libre elección de la empresa, siempre que garantice la fiabilidad e invariabilidad de los datos y refleje, como mínimo, cada día de prestación de servicios, la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada. El registro se debe llevar a cabo día a día e incluir el momento de inicio y finalización de la jornada.

El Ministerio de Trabajo ha editado una guía sobre el registro de jornada que se puede consultar en el siguiente enlace:

https://revista.seg-social.es/wp-content/uploads/2019/05/Gu%C3%ADa-sobre-el-registro-de-jornada.pdf

La empresa está obligada a conservar los registros de jornada durante cuatro años, a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Mediante la Orden HAC/485/2019, de 12 de abril (BOE nº 103, de 30/04/2019 y nº 127, de 28/05/2019), se reducen para el período impositivo 2018 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales. Mediante la Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre (BOE nº 291, de 30/11/2017), se aprobaron los signos, índices o módulos aplicables para el año 2018.

El Ministerio de Agricultura ha emitido informe por el que se pone de manifiesto que durante 2018 se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización contenida en el artículo 37.4.1º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Los índices de rendimiento neto aplicables en 2018 a las actividades agrícolas y ganaderas desarrolladas en Extremadura son los siguientes:

Ámbito   territorial Actividad Índice   de rendimiento neto

Todas las Comunidades   Autónomas

(Excepto   en los términos municipales que se detallen con un índice inferior)

Apicultura 0,18
Bovino   de leche 0,18
Cítricos 0,18
Toda Extremadura (Excepto en los   términos municipales que se detallen con un índice inferior) Productos   del Olivo: Aceituna de mesa 0,18
Frutos   no cítricos: Ciruela y melocotón 0,26

Términos municipales de   la Provincia de Badajoz: Acedera, Almendralejo, Arroyo de San Serván, Calamonte,   Don Benito, Granja de Torrehermosa, Guareña, Medellín, Mérida, Orellana la   Vieja, Ribera del Fresno, Santa Amalia, Torremejía y Valdelacalzada.

 

Términos municipales de   la Provincia de Cáceres: Madrigalejo y Miajadas.

Cereales 0,18
Frutos   no cítricos: Albaricoque, cereza, ciruela, melocotón y nectarina 0,07
Frutos   secos 0,18
Leguminosas 0,18
Productos   del olivo 0,18
Productos   hortícolas: Tomate 0,18
Uva   para vino con D.O. 0,22
Uva   para vino sin D.O. 0,18

Términos municipales de   la provincia de Badajoz: Aceuchal, Azuaga, Cabeza del Buey, Hornachos, Monterrubio   de la Serena, Montijo, Navalvillar de Pela, Siruela, Talarrubias, Torremayor,   Valdetorres y Villanueva de la Serena.

 

Términos   municipales de la provincia de   Cáceres: Aldeacentenera,   Aldeanueva de la Vera, Alía, Almoharín, Cabrero, Cañamero, Casas del   Castañar, Coria, Deleitosa, Garciaz, Guijo de Galisteo, Holguera, Jaraíz de   la Vera, Jarandilla de la Vera, Montehermoso, Morcillo, Navaconcejo, Piornal,   Riolobos, Tejeda de Tiétar, Toril, Torno (El), Torrejoncillo y Valdastillas.

Cereales 0,18
Frutos   secos 0,18
Leguminosas 0,18
Productos   del olivo 0,18
Productos   hortícolas: tomate 0,18
Uva   para vino con D.O. 0,22
Uva   para vino sin D.O. 0,18
Términos municipales de   la provincia de Cáceres: Aldeanueva de la Vera, Arroyomolinos de la Vera, Barrado,   Cabezuela del Valle, Cabrero, Casas del Castañar, Collado de la Vera, Cuacos   de Yuste, Garganta la Olla, Gargantilla, Gargüera de la Vera, Guijo de Santa   Bárbara, Jaraíz de la Vera, Jarandilla de la Vera, Jerte, Losar de la Vera,   Madrigal de la Vera, Majadas de Tiétar, Navaconcejo, Pasarón de la Vera,   Piornal, Rebollar, Robledillo de la Vera, Talaveruela de la Vera, Tejeda de   Tiétar, Tornavacas, Torno (El), Torremenga, Valverde de la Vera, Viandar de   la Vera, Villanueva de la Vera y Valdastillas, Frutos   no cítricos: Cereza 0,26

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