Como informamos en nuestro Boletín de octubre pasado, el FEGA calculó de manera provisional el importe de la ayuda asociada a las explotaciones que mantienen vacas nodrizas, campaña 2018, en base al número de animales potencialmente subvencionables, con objeto de que las comunidades autónomas pudieran abonar un anticipo de esta ayuda.
Ahora el FEGA ha publicado el importe definitivo de la ayuda asociada a la vaca nodriza, campaña 2018.
Para esta ayuda se diferencian dos regiones: España peninsular y región insular. La dotación para la región España Peninsular que ha servido para el cálculo es de 185.911.784,97 euros y de 450.410,49 euros para la región insular.
En la presente campaña 2018, 2.034.306 animales han cumplido los requisitos establecidos en la región España Peninsular, y 2.810 animales en la región insular. Al igual que ocurriera el año pasado, finalmente el número de animales es mayor que el que se había estimado provisionalmente.
En consecuencia, los importes unitarios definitivos se han fijado en 91,388308 euros/animal para la región España Peninsular, y 160,288431 euros/animal en la región insular.
El importe definitivo de esta ayuda en 2017 fue de 91,835286 euros/animal y de 94,177847 euros/animal en 2016.
Para la ayuda asociada a las explotaciones de vacuno de cebo se diferencian dos regiones: España peninsular y Región Insular, y se diferencia a su vez entre los animales que han sido cebados en la misma explotación de nacimiento o en cebaderos comunitarios gestionados por productores de vaca nodriza, de aquellos animales que han sido cebados y proceden de otra explotación.
Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados en la misma explotación de nacimiento en la región España Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2018 de 12.413.274,69 euros, a repartir entre 398.433 animales con derecho a pago (381.843 en 2015, 403.835 en 2016 y 396.379 en 2017), según los datos que las comunidades autónomas han comunicado al FEGA, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 31,155237 euros/animal (32,704541en 2015, 30,684918 en 2016 y 31,277784 en 2017).
Para el sub-régimen de ayuda para los terneros cebados que proceden de otra explotación en la región España Peninsular hay un límite presupuestario asignado para la campaña 2018 de 25.907.146,86 euros, a repartir entre 1.591.081 animales con derecho a pago (1.323.737 en 2015, 1.388.003 en 2016 y 1.523.293), según los datos comunicados por las comunidades autónomas al FEGA, estableciéndose por ello un importe unitario definitivo de 16,282732 euros/animal (19,575641 en 2015, 18,663599 en 2016 y 17,006918).
Resumimos a continuación los importes definitivos de diversas ayudas asociadas, correspondientes a la PAC 2018, de acuerdo con los datos publicados por el FEGA:
AYUDAS ASOCIADAS 2018 | ||||
Producción | Animales con derecho a pago |
Importe unitario (Euros/cabeza) |
||
Extremadura | TOTAL | |||
Vaca nodriza | España peninsular | 474.976 | 2.034.306 | 91,388308 |
Región Insular | 0 | 2.810 | 160,288431 | |
Ovino | España Peninsular | 2.417.694 | 10.550.523 | 11,792726 |
Región Insular | 0 | 163.116 | 20,826332 | |
Caprino | España peninsular | 111.984 | 766.095 | 7,020299 |
Región insular y zonas de montaña | 39.831 | 575.698 | 8,830371 | |
Vacuno de cebo | España Peninsular Cebados en la misma explotación. | 52.000 | 398.433 | 31,155237 |
España Peninsular Procedentes de otra explotación. | 65.000 | 1.591.081 | 16,282732 | |
España Insular Cebados en la misma explotación. | 0 | 1.455 | 63,917525 | |
España Insular Procedentes de otra explotación. | 0 | 4.705 | 41,020191 | |
Vacuno de leche | España peninsular | 3.718 | 571.259 | 126,154720 |
Región insular y zonas de montaña | 69 | 243.713 | 141,883304 | |
Ganaderos que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico. | Ovino y caprino | 8.300 | 827.451 | 36,443245 |
Vacuno de cebo | 7.000 | 33.137 | 43,455955 | |
Vacuno de leche | 27 | 12.859 | 173,186095 |
12345
AYUDAS ASOCIADAS 2018 | |||
Producción | Hectáreas solicitadas |
Importe unitario (euros/ hectárea) |
|
Extremadura | TOTAL | ||
Arroz | 21.477,68 | 102.055,60 | 118,967677 |
Proteaginosas (guisante, habas, altramuz dulce) yLeguminosas (veza, yeros, algarrobas, titarros, almortas, alholva, alverja, alverjón, alfalfa -solo en superficies de secano-, esparceta, zulla). | 8.565,00 | 441.009,00 | 48,910345 |
Oleaginosas*(Girasol, colza, soja, camelina, cártamo). | 10.214,89 | 612.675,31 | 37,135215 |
Frutos de Cáscara y algarrobas. Almendro y algarrobo (secano) y avellano (secano y regadío). España Peninsular |
3.557,07 | 391.886,47 | 30,090265 |
Frutos de Cáscara y algarrobas. Almendro y algarrobo (secano) y avellano (secano y regadío). Región Insular |
0 | 14.869,76 | 61,321928 |
Tomate para industria | 22.010,70 | 30.605,82 | 207,483505 |
* |
SUPERFICIE OLEAGINOSAS: El número de hectáreas que han cumplido los requisitos establecidos en el Real Decreto 1075/2014 son 707.118,02 Hectáreas. No obstante, en el caso de las oleaginosas, la superficie máxima elegible por explotación será de 50 Ha. Teniendo en cuenta esta consideración, la superficie determinada total correspondiente a las primeras 50 Ha por explotación asciende a 612.675,31 Ha. |
La deducción por “disciplina financiera” que se ha aplicado a estas ayudas es el 1,41197%.
Los cuadros siguientes muestran la evolución de los importes unitarios de las ayudas asociadas en los cuatro últimos años:
Producción |
Importe unitario (Euros/cabeza) |
||||
2018 | 2017 | 2016 | 2015 | ||
Vaca nodriza | España peninsular | 91,388308 | 91,835286 | 94,177847 | 97,195713 |
Ovino | España Peninsular | 11,792726 | 11,516030 | 11,798471 | 12,055758 |
Caprino | España peninsular | 7,020299 | 6,454508 | 7,151657 | 7,886167 |
Región insular y zonas de montaña | 8,830371 | 8,206420 | 8,937265 | 10,911015 | |
Vacuno de cebo | España Peninsular Cebados en la misma explotación. | 31,155237 | 31,277784 | 30,684918 | 32,704541 |
España Peninsular Procedentes de otra explotación. | 16,282732 | 17,006918 | 18,663599 | 19,575641 | |
Vacuno de leche | España peninsular | 126,154720 | 123,548241 | 120,061015 | 120,513316 |
Región insular y zonas de montaña | 141,883304 | 138,214047 | 131,878778 | 123,608115 | |
Ganaderos que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico. | Ovino y caprino | 36,443245 | 36,875393 | 39,839505 | 44,949297 |
Vacuno de cebo | 43,455955 | 40,675668 | 39,283083 | 45,064780 | |
Vacuno de leche | 173,186095 | 166,816479 | 169,870328 | 189,081338 |
12345
Producción | Importe unitario (euros/hectárea) | |||
2018 | 2017 | 2016 | 2015 | |
Arroz | 118,967677 | 114,722097 | 113,454680 | 112,944822 |
Proteaginosas(guisante, habas, altramuz dulce) yLeguminosas(veza, yeros, algarrobas, titarros, almortas, alholva, alverja, alverjón, alfalfa -solo en superficies de secano-, esparceta, zulla). | 48,910345 | 45,307116 | 48,750969 | 48,062489 |
Oleaginosas *(Girasol, colza, soja, camelina, cártamo). | 37,135215 | 34,735893 | 37,712559 | 38,149296 |
Frutos de Cáscara y algarrobas. Almendro y algarrobo (secano) y avellano (secano y regadío). España Peninsular |
30,090265 | 31,072988 | 32,686238 | 33,682035 |
Tomate para industria | 207,483505 | 179,829060 | 178,105826 | 201,703813 |
Se aprecia un descenso en los importes de las ayudas asociadas, tanto el ganadería como en agricultura, con la excepción del vacuno de leche y el arroz.
El pasado 12 de mayo entró en vigor la obligación de registrar la jornada laboral, incluyendo el horario de inicio y de finalización de la jornada de trabajo, establecida por el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. (BOE nº 61, de 12/03/2019).
Con la regulación de jornada se pretende “garantizar el cumplimiento de los límites en materia de jornada, de crear un marco de seguridad jurídica tanto para las personas trabajadoras como para las empresas y de posibilitar el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.”
El citado Real Decreto-Ley establece que “Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.”
El tipo de sistema de registro responderá a la libre elección de la empresa, siempre que garantice la fiabilidad e invariabilidad de los datos y refleje, como mínimo, cada día de prestación de servicios, la hora de inicio y la hora de finalización de la jornada. El registro se debe llevar a cabo día a día e incluir el momento de inicio y finalización de la jornada.
El Ministerio de Trabajo ha editado una guía sobre el registro de jornada que se puede consultar en el siguiente enlace:
https://revista.seg-social.es/wp-content/uploads/2019/05/Gu%C3%ADa-sobre-el-registro-de-jornada.pdf
La empresa está obligada a conservar los registros de jornada durante cuatro años, a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Mediante la Orden HAC/485/2019, de 12 de abril (BOE nº 103, de 30/04/2019 y nº 127, de 28/05/2019), se reducen para el período impositivo 2018 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales. Mediante la Orden HFP/1159/2017, de 28 de noviembre (BOE nº 291, de 30/11/2017), se aprobaron los signos, índices o módulos aplicables para el año 2018.
El Ministerio de Agricultura ha emitido informe por el que se pone de manifiesto que durante 2018 se han producido circunstancias excepcionales en el desarrollo de actividades agrícolas y ganaderas que aconsejan hacer uso de la autorización contenida en el artículo 37.4.1º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Los índices de rendimiento neto aplicables en 2018 a las actividades agrícolas y ganaderas desarrolladas en Extremadura son los siguientes:
Ámbito territorial | Actividad | Índice de rendimiento neto |
Todas las Comunidades Autónomas (Excepto en los términos municipales que se detallen con un índice inferior) |
Apicultura | 0,18 |
Bovino de leche | 0,18 | |
Cítricos | 0,18 | |
Toda Extremadura (Excepto en los términos municipales que se detallen con un índice inferior) | Productos del Olivo: Aceituna de mesa | 0,18 |
Frutos no cítricos: Ciruela y melocotón | 0,26 | |
Términos municipales de la Provincia de Badajoz: Acedera, Almendralejo, Arroyo de San Serván, Calamonte, Don Benito, Granja de Torrehermosa, Guareña, Medellín, Mérida, Orellana la Vieja, Ribera del Fresno, Santa Amalia, Torremejía y Valdelacalzada.
Términos municipales de la Provincia de Cáceres: Madrigalejo y Miajadas. |
Cereales | 0,18 |
Frutos no cítricos: Albaricoque, cereza, ciruela, melocotón y nectarina | 0,07 | |
Frutos secos | 0,18 | |
Leguminosas | 0,18 | |
Productos del olivo | 0,18 | |
Productos hortícolas: Tomate | 0,18 | |
Uva para vino con D.O. | 0,22 | |
Uva para vino sin D.O. | 0,18 | |
Términos municipales de la provincia de Badajoz: Aceuchal, Azuaga, Cabeza del Buey, Hornachos, Monterrubio de la Serena, Montijo, Navalvillar de Pela, Siruela, Talarrubias, Torremayor, Valdetorres y Villanueva de la Serena.
Términos municipales de la provincia de Cáceres: Aldeacentenera, Aldeanueva de la Vera, Alía, Almoharín, Cabrero, Cañamero, Casas del Castañar, Coria, Deleitosa, Garciaz, Guijo de Galisteo, Holguera, Jaraíz de la Vera, Jarandilla de la Vera, Montehermoso, Morcillo, Navaconcejo, Piornal, Riolobos, Tejeda de Tiétar, Toril, Torno (El), Torrejoncillo y Valdastillas. |
Cereales | 0,18 |
Frutos secos | 0,18 | |
Leguminosas | 0,18 | |
Productos del olivo | 0,18 | |
Productos hortícolas: tomate | 0,18 | |
Uva para vino con D.O. | 0,22 | |
Uva para vino sin D.O. | 0,18 | |
Términos municipales de la provincia de Cáceres: Aldeanueva de la Vera, Arroyomolinos de la Vera, Barrado, Cabezuela del Valle, Cabrero, Casas del Castañar, Collado de la Vera, Cuacos de Yuste, Garganta la Olla, Gargantilla, Gargüera de la Vera, Guijo de Santa Bárbara, Jaraíz de la Vera, Jarandilla de la Vera, Jerte, Losar de la Vera, Madrigal de la Vera, Majadas de Tiétar, Navaconcejo, Pasarón de la Vera, Piornal, Rebollar, Robledillo de la Vera, Talaveruela de la Vera, Tejeda de Tiétar, Tornavacas, Torno (El), Torremenga, Valverde de la Vera, Viandar de la Vera, Villanueva de la Vera y Valdastillas, | Frutos no cítricos: Cereza | 0,26 |
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