•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino

El Diario Oficial de Extremadura nº 200, de 18/10/2016, publica una Resolución de la Directora General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de Extremadura y se dispone la publicación del “Convenio Colectivo del Campo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2016, 2017 y 2018”.

El Convenio tendrá una duración de tres años y contempla una subida salarial del 2,1% repartida en 3 años: el 1,0 % para 2016, el 0,6 % para 2017 y 0,5 % para 2018, manteniéndose congelada la cláusula de revisión salarial durante la vigencia del Convenio.

Los salarios de 2016 se aplicarán con efectos retroactivos al 1 de enero.

Los acuerdos incluyen la puesta en marcha de una “tarjeta profesional” que garantiza la formación de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. Será similar a la que ya se utiliza en otros sectores como el de la construcción, y permitirá que los trabajadores que se incorporen a la actividad agraria estén formados en prevención de riesgos laborales.

En los últimos años la subvención nacional por la contratación de seguros agrarios se aplicaba directamente en el momento de contratar la póliza, mientras que la subvención autonómica había que solicitarla expresamente con posterioridad.

Hasta el 4 de julio de 2016 estuvo abierto el plazo para solicitar la subvención autonómica por las pólizas contratadas durante el segundo semestre de 2015, según establecía la Orden de la Consejería de 25 de mayo de 2016.

Ahora, mediante Decreto 140/2016, de 6 de septiembre (DOE nº 191, de 4/10/2016), se establecen las subvenciones de la Junta de Extremadura para la contratación de los seguros agrarios combinados de 2016.

Estas subvenciones de la Junta de Extremadura son complementarias a las estatales, y están destinadas al fomento de la contratación de las pólizas de seguros agrarios combinados que tengan por objeto explotaciones de Extremadura, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016. No tienen derecho a esta subvención las pólizas de retirada y destrucción de animales muertos en las explotaciones.

Importe de la subvención

La subvención autonómica será del 30% del importe correspondiente a la subvención estatal concedida por la contratación de seguros agrarios combinados.

En ningún caso, la subvención autonómica, en unión de la subvención estatal que complemente, superará el 65 % del recibo de prima de seguro sin tener en cuenta los recargos de contratación, reduciéndose en su caso de forma que no supera dicho umbral.

Tramitación

A diferencia de lo que venía ocurriendo con la subvención en años anteriores, el asegurado no tiene que hacer nada. El procedimiento, dependiendo de la fecha de contratación de la póliza, será el siguiente:

         1.- Pólizas contratadas desde el 1 enero hasta el 31 de agosto de 2016: La Junta de Extremadura ingresará directamente la subvención, sin necesidad de solicitarlo, en la cuenta en la que se hubieran cobrado las últimas subvenciones autonómicas concedidas por la contratación de seguros agrarios, o en su defecto, en otra cuenta del beneficiario que esté dada de alta en el Sistema de Terceros.

         2.- Pólizas contratadas a partir del 1 de septiembre de 2016: En estas pólizas ya se aplica la subvención autonómica, disminuyendo así el importe a pagar.

         La Dirección General de Política Agraria Comunitaria ha anunciado que a partir del 17 de octubre se procederá al abono de un anticipo del 70% del Pago Básico correspondiente a la PAC 2016. Este pago supone entre 160 y 180 millones de euros en Extremadura.

         De acuerdo con la normativa comunitaria, no se pueden pagar anticipos antes del 15 de octubre, por lo que será a partir del día 17 (el 16 es domingo), cuando se inicien los pagos, según la Dirección General.

         En 2015 se abonó en octubre un 70 % del Pago Básico de aquellos expedientes que estaban completos y no tenían alegaciones pendientes de resolver. A mediados de diciembre se abonó el 95 % del Pago Verde y el 25 % del Pago Básico. Como los importes eran provisionales, quedó pendiente de cobrarse alrededor del 5 %, para evitar que pudiera pagarse de más. Una vez que se conocieron los importes definitivos se abonaron las cantidades restantes en abril y mayo de 2016.

         En 2015 el Pago Verde supuso el 51,704935% del Pago Básico.

         En la PAC de 2016 no recibirán pagos directos los agricultores cuyo importe sea inferior a 200 euros. En 2015 este límite estaba establecido en 100 euros y para 2017 no cobrarán los beneficiarios de menos de 300 euros, lo que supondrá que más de 16.000 personas no perciban esos ingresos en Extremadura.

         En nuestra región hay 19.740 pequeños agricultores, que son los que perciben pagos de menos de 1.250 euros. Esto supone casi un tercio del total de solicitantes de Extremadura.

En las siembras de este otoño se deben tener en cuenta las obligaciones derivadas del “pago verde” o “greening”, que resumimos a continuación.

         Recordamos que el pago verde es un complemento anual del pago básico. Para recibirlo es necesario realizar determinadas prácticas medioambientales beneficiosas para el clima y el medio ambiente. En 2015 el importe del pago verde fue del 51,7% del pago básico.

Prácticas   beneficiosas para el clima y el medio ambiente que deben ser respetadas

1. Diversificación de   cultivos.

(Consiste en sembrar varios cultivos en la tierra de cultivo de la   explotación)

(ver excepciones)

Cuando la tierra de cultivo de la explotación cubra entre 10 y 30 hectáreas Cultivar, al menos, dos tipos de cultivos diferentes, sin   que el principal suponga más del 75% de dicha tierra de cultivo.
Cuando la tierra de   cultivo de la explotación cubra más de   30 hectáreas Cultivar, al menos, tres tipos diferentes de cultivos, sin que el principal suponga más del 75%   de dicha tierra de cultivo y los dos principales juntos no supongan más del   95% de la misma.
2. Mantenimiento de   los pastos permanentes a nivel nacional. Mantenimiento de la superficie dedicada a pastos permanentes. La   proporción sobre la superficie agraria declarada total a nivel nacional no   debe disminuir en más de un 5 % al año.

3. Superficies de   Interés Ecológico (SIE) en las explotaciones.

(ver excepciones)

Cuando la tierra de cultivo cubra más de 15 hectáreas, al   menos el 5% de dicha tierra de   cultivo declarada y de las superficies forestadas debe ser superficie de   interés ecológico: Tierra de barbecho (no puede utilizarse ni en pastoreo ni segado para heno, durante   nueves meses consecutivos desde la cosecha anterior, entre octubre y agosto)

Leguminosas grano para consumo humano o animal (judía, garbanzo,   lenteja, guisante, habas, altramuz, algarroba, titarros, almorta, veza,   yeros, alholva, alverja, alverjón, alfalfa, esparceta, zulla).

(*) Hay que tener en cuenta que las superficies declaradas de   leguminosas se multiplican por 0,7

Superficies forestadas
Superficies dedicadas   a agrosilvicultura

Diversificación de cultivos

         No será de aplicación en los casos siguientes:

            a) Cuando la tierra de cultivo esté completamente dedicada a cultivos bajo agua durante una parte significativa del año o del ciclo de cultivo;

            b) Cuando más del 75% de las tierras de cultivo se utilice para producir hierba u otros forrajes herbáceos, o se deje en barbecho, o se dedique a una combinación de estos usos, siempre que la tierra de cultivo restante no cubierta por estos usos no exceda las 30 hectáreas;

            c) Cuando más del 75% de la superficie agrícola admisible sea utilizada como pasto permanente, o para la producción de hierba u otros forrajes herbáceos o de cultivos bajo agua durante una parte significativa del año o del ciclo de cultivo, o se dediquen a una combinación de estos usos, siempre que la tierra de cultivo restante no cubierta por estos usos no exceda las 30 hectáreas;

            d) Cuando más del 50% de la tierra de cultivo no hubiese sido declarada por el agricultor en la solicitud de ayuda del año anterior y cuando, basándose en la comparación de las imágenes geoespaciales correspondientes a las solicitudes de ayuda de ambos años, todas las tierras de cultivo se utilicen para cultivos diferentes a los del año anterior.

            Además, los umbrales máximos requeridos no serán de aplicación a las explotaciones cuando más del 75% de las tierras de cultivo esté cubierto por hierba u otros forrajes herbáceos o por tierras en barbecho. En tal caso, el cultivo principal de la tierra de cultivo restante no deberá cubrir más de 75% de dicha tierra de cultivo restante, excepto si la misma está cubierta por hierba u otros forrajes herbáceos o por tierras en barbecho.

Superficies de interés ecológico

         No será de aplicación en los casos siguientes:

            a) Cuando más del 75% de las tierras de cultivo se utilice para producir hierba u otros forrajes herbáceos, o se deje en barbecho, o se emplee para el cultivo de leguminosas, o se dedique a una combinación de estos usos, siempre que la tierra de cultivo restante no cubierta por estos usos no exceda las 30 hectáreas;

            b) Cuando más del 75% de la superficie agrícola admisible sea utilizada como pasto permanente, o para la producción de hierba u otros forrajes herbáceos o de cultivos bajo agua durante una parte significativa del año o del ciclo de cultivo, o se dedique a una combinación de estos usos, siempre que la tierra de cultivo restante no cubierta por estos usos no exceda las 30 hectáreas.

Cuando se realizan los pagos de la PAC se efectúa una retención en concepto de “disciplina financiera”, que es un mecanismo preventivo para evitar que se superen los límites presupuestarios anuales de ayudas. La parte de los fondos obtenidos con estas retenciones que no sean gastados debe devolverse.

         En consecuencia, a primeros de agosto se abonó el importe correspondiente al reembolso de la disciplina financiera de la PAC 2015. En este caso, el coeficiente de reembolso ha sido del 1,30 %.

         El mecanismo de disciplina financiera consiste en una reducción de los pagos directos superiores a 2.000 euros con el fin de respetar, a nivel comunitario, los límites anuales de gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), así como cubrir el importe de la reserva para crisis en el sector agrícola, como consecuencia de caída de precios o de rentas. El montante que no se haya utilizado al final del ejercicio debe ser reembolsado a los agricultores y ganaderos.

Fijado el recorte del 1,36% para las ayudas de 2016

         La Comisión Europea ha confirmado un recorte del 1,36% en el importe de las ayudas directas de 2016. Este porcentaje puede modificarse antes del 1 de diciembre, dependiendo de los datos presupuestarios disponibles.

         A través del mecanismo de “disciplina financiera” se crea una reserva para crisis en el sector agrícola, incluida en el proyecto de presupuesto de 2017 de la Comisión, que asciende a 450,5 millones de euros.

Otros pagos

         A lo largo del mes de agosto también se han abonado ayudas agroambientales de diversas líneas, correspondientes a 2014 y 2015.

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