•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino

Próxima vacunación obligatoria contra la lengua azul

La tuberculosis sigue golpeando al sector del vacuno de carne

El pasado 15 de febrero mantuvimos en Mérida un reunión con el Director General de Agricultura y Ganadería, en la que se trataron distintos temas relacionados con el Servicio de Sanidad Animal y el funcionamiento administrativos de la OVZ, tales como: deficiencias y problemas operativos del programa CAÑADA; retrasos en la recogida de cadáveres por las empresas concesionarias; aclaraciones sobre el depósito de cadáveres en la propia finca (Decreto de aves necrófagas); próxima campaña de vacunación contra la lengua azul, etc.

En relación a esta próxima vacunación, se nos indicó que las vacunas estarían disponibles en las OVZ a finales de febrero o comienzos de marzo. En todas las comarcas de Extremadura habrá que vacunar contra los serotipos 1 y 4 del virus, si bien solo será necesaria una aplicación a los animales ya vacunados en el año anterior. En cuanto a la grabación de datos de los animales vacunados se pretende agilizar este año de forma que los propios veterinarios actuantes deberán hacerse cargo de este cometido a través del programa CAÑADA. En el caso del ganado bovino podrán hacerlo utilizando el listado de crotales de cada explotación que se descarga en CAÑADA, certificando los crotales de aquellos animales que hayan sido vacunados. En el caso del ovino se mejorará el procedimiento informático para que puedan descargarse los crotales de los animales vacunados desde el lector de bolos a la base de datos de la Consejería. La vacunación deberá estar finalizada el 30 de junio de 2016.

En otro orden de cosas y en relación al mayor problema sanitario actual de nuestra ganadería, hay que destacar que siguen apareciendo animales positivos a tuberculosis bovina en las campañas de saneamiento. No parece en absoluto que, tras los elevados índices de positividad con que se ha cerrado el año 2015, vaya a disminuir la enfermedad, al menos en algunas zonas que ya destacaron negativamente en 2014 y 2015, como es la comarca veterinaria de Badajoz. Siguen apareciendo animales positivos tanto en explotaciones que ya habían registrado en al menos un saneamiento, ausencia de enfermedad, como en otras en las que continúa sistemáticamente el problema. ¿Hasta cuando vamos a seguir así?

La sensación de impotencia ante esta situación ya es generalizada y el desánimo cunde en los ganaderos al no vislumbrarse tan siquiera una solución a medio plazo, extendiéndose la opinión de que existe un absoluto desconocimiento técnico y/o científico de la lucha contra la enfermedad, ante la que, al parecer, la única solución o remedio es seguir matando vacas teóricamente positivas, lo mismo que se viene haciendo desde hace 40 años, con el agravante de la falta de información posterior al ganadero sobre el resultado de los supuestos análisis de los ganglios y/o de los posibles decomisos de canales o sus partes. Lo mismo puede decirse de la habitual y lamentable falta de coincidencia del diagnóstico en sangre en laboratorio y de la prueba intradérmica en el campo. Raro es el animal en el que coinciden los dos diagnósticos. ¿Se puede explicar esta situación?

En fin, parece que no queda más remedio que soportar con paciencia infinita y grandes pérdidas económicas esta auténtica epidemia que parece no tener fin, ante la falta de soluciones eficaces tanto desde las autoridades sanitarias (nacionales y regionales), como desde la ciencia veterinaria o biológica, que al parecer no encuentra ninguna solución a la enfermedad.

La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio ha decidido anular la convocatoria de las ayudas del primer año de las Medidas de Agroambiente y clima y Agricultura ecológica, solicitadas en la PAC 2015.

La concesión de estas ayudas estaba condicionada a la aprobación del Programa de Desarrollo Rural (PDR) 2014-2020 de Extremadura por la Comisión Europea.

El PDR 2014-2020 fue definitivamente aprobado por la Comisión Europea pero con cambios sustanciales respecto a la definición de los beneficiarios de las ayudas, los requisitos de admisibilidad y compromisos para su concesión, modulación y cuantía de las ayudas, criterios de prioridad, etc.

La necesaria atención a la primacía normativa comunitaria para regir ayudas públicas cofinanciadas con fondos de la Unión Europea, obliga a revisar la normativa autonómica sobre estas ayudas.

Al no existir resoluciones definitivas, ni provisionales, y ni siquiera haberse reunido la Comisión de Valoración, se considera que no se ha generado derecho alguno a favor de los solicitantes, que en ningún caso habrían llegado a adquirir el carácter de beneficiarios.

Por todo ello, mediante la Orden de 2 de febrero de 2016 (DOE nº 28, de 11/02/2016), se deja sin efecto la convocatoria para la solicitud y concesión de ayuda y pago del primer año de las Medidas Agroambientales y clima y Medidas de Agricultura ecológica reguladas en el Decreto 23/2015, procediéndose al archivo de las solicitudes sin más trámites.

         No son muchas las novedades para esta campaña con respecto a 2015, pero algunas son de importancia. Destacamos los siguientes puntos de interés:

  • Declaración gráfica: Cuando se declaren más de 200 hectáreas “brutas” será necesario presentar una “declaración gráfica”, que consiste en delimitar gráficamente y en formato digital las parcelas agrícolas de la explotación. Esta declaración gráfica se realizará a través de la aplicación informática desarrollada a tal efecto en ARADO. A partir de 2017 será obligatoria para quienes declaren más de 30 hectáreas, y a partir de 2018 para todos los solicitantes.
  • Parcelas agrícolas: En cualquier caso, la declaración se hará por parcelas agrícolas, que estarán formadas por los recintos de cada término municipal que tengan el mismo cultivo, que estén en la misma región y que soliciten la misma ayuda. En la declaración gráfica, además los recintos deberán ser colindantes.
  • Ayudas asociadas al vacuno: Para cobrar las ayudas asociadas a la vaca nodriza y al vacuno de cebo es imprescindible confirmar las guías en plazo: como máximo 7 días desde la entrada de animales.
  • Asignación definitiva de derechos de pago básico: En la segunda quincena del mes de marzo se comunicará a todos los beneficiarios sus derechos definitivos.
  • Los derechos se justifican en la región en que se asignaron. Cada derecho de ayuda por el que se solicite el pago básico deberá justificarse con una hectárea admisible ubicada en el territorio nacional. Como hay 50 regiones diferentes, cada derecho únicamente podrá ser activado en la región en la que el derecho haya sido asignado.
  • Ingresos agrarios: Se mantiene la obligación de declarar los ingresos agrarios totales (ventas + subvenciones + indemnizaciones por seguros agrarios), percibidos en los tres periodos impositivos más recientes, en el caso de que el solicitante sea una persona jurídica o grupo de personas físicas o jurídicas.
  • Croquis: Se deberá presentar croquis de las parcelas agrícolas cuando el productor no declare la totalidad de un recinto SIGPAC, o cuando declare en un recinto productos diferentes o variedades distintas de un mismo producto, siempre que la distinción entre los distintos productos y variedades tenga un impacto en la admisibilidad de la ayuda que se está solicitando. No será de aplicación en el caso de pastos permanentes de uso común y en el caso de que la titularidad de la parcela sea en régimen de aparcería. No será necesario aportar croquis cuando se presente declaración gráfica.
  • Alegaciones al SIGPAC: Además de la salida gráfica sobre la base SIGPAC, en algunos casos, por ejemplo si se solicita cambio de uso de un recinto, es necesario presentar informe técnico que justifique el cambio solicitado y fotografías fechadas y georeferenciadas, indicando las coordenadas geográficas (latitud y longitud), así como el punto desde donde se han tomado y la dirección.
  • Superficies de interés ecológico: Lo recintos sembrados con un cultivo fijador de nitrógeno para justificar la superficie de interés ecológico, no pueden ir seguidos de cultivos que tengan la capacidad de fijar nitrógeno, ni tampoco de barbecho. Se debe sembrar un cereal o una oleaginosa.
  • Se incluye el estercolado o fertilización con fines exclusivos de mantenimiento homogéneo del pasto en toda o la mayor parte de la superficie, como actividad de mantenimiento que justifica la actividad agraria en pastos cuando la carga ganadera sea inferior a 0,2 UGM/ha.
  • Ayudas agroambientales: Se convocan ayudas para su primer año de compromiso solamente para producción integrada tabaco, apicultura para la conservación de la biodiversidad y ganadería extensiva de calidad.
  • Al objeto de evitar la utilización fraudulenta de las parcelas agrícolas, se habilita un sistema que permitirá a los propietarios incorporar al Registro de Explotaciones Agrarias aquellas parcelas que no podrán utilizarse para solicitar ayudas, al no estar arrendadas, siendo consideradas no admisibles para ningún solicitante. Se utiliza el formulario del Anexo IX de la Orden de la Consejería.
  • NIF del propietario: Ya no será necesario declararloen las parcelas arrendadas.
  • Pequeños agricultores: En 2016 no se concederán pagos directos a los agricultores cuyo importe sea inferior a 200 euros.

El 5 de febrero se abonó la totalidad del importe de la ayuda asociada para las explotaciones de vacas nodrizas, con una deducción, en concepto de disciplina financiera, del 1,393%. El importe es de 95,877 euros/animal para la región España peninsular (94,54 euros después de aplicar la deducción).

Recordamos que el número de animales con derecho a ayuda se puede consultar a través de LABOREO:

       CAMPAÑA: 2015

       COMUNICACIONES

       POLÍTICA AGRARIA COMUNITARIA

       Comunicaciones Bovino

       Seleccionar Carta Errores Vacas Nodrizas 2015

Subvención para el fomento de los seguros agrarios

 A partir del 27 de febrero de 2016 se ha pagado la subvención autonómica establecida por el Decreto 116/2015 y la Orden de 19 de agosto de 2015, para el fomento de los seguros agrarios en el año 2015. Tenían derecho a esta subvención todas las líneas de aseguramiento formalizadas desde el 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2015, referidos a explotaciones agrarias de Extremadura con excepción de los seguros de retirada y destrucción de animales muertos en la explotación.

Esta subvención consistía en el 40 % del importe correspondiente a la subvención estatal que figure en el recibo de pago de la prima. Sin embargo, la dotación presupuestaria de 4.000.000 de euros ha resultado insuficiente, por lo que finalmente se ha abonado el 32,28 % de la subvención estatal.

Ayuda asociada a los cultivos proteicos

En breve plazo se abonará la ayuda asociada a los cultivos proteicos. Para proteaginosas y leguminosas el importe es de 48,062 euros/hectárea, mientras que para las oleaginosas el importe se ha fijado en 38,149 euros/hectárea. En Extremadura solamente tienen derecho a esta ayuda el regadío y las superficies de secano de las comarcas de Azuaga II y Llerena III.

Para poder cobrar la ayuda asociada a la vaca nodriza y la ayuda al vacuno de cebo es necesario confirmar las guías dentro de plazo. Este plazo para la confirmación de los movimientos de entrada de animales en una explotación es, como máximo, de 7 días a partir de la fecha de entrada de los animales. La confirmación del movimiento hay que hacerla aunque se realice entre explotaciones del mismo titular.

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