Ayuda para el fomento de rotaciones de cultivo en tierras de secano (PAC 2013)
El objetivo de esta ayuda es invertir la fuerte tendencia de los últimos años hacia el monocultivo del cereal, e implantar las tradicionales rotaciones de cultivo mediante la introducción de oleaginosas, proteaginosas y leguminosas.
Está formada por una ayuda base más dos complementos, siempre que se cumplan determinados requisitos, que se abonarán en función de la superficie sembrada y del presupuesto disponible.
La dotación presupuestaria para 2013 es algo superior a la de 2012 (54.1 millones para 2013, frente a los 50 millones de 2012). La superficie total se ha incrementado notablemente: desde las 488.876 ha de 2012 a las 727.849 ha en 2013 (un 48,88 %). Tienen prioridad en el reparto los beneficiarios del año anterior.
Ayuda para el fomento de rotaciones de cultivos en tierras de secano. Campaña 2013 | Importes previstos | Importes que se cobrarán | |
Superficie pagada el año anterior | Superficie solicitada por 1ª vez | ||
Ayuda base. Hasta 100 ha. | 60 €/ha. | 60 €/ha. | 60 €/ha. |
Complemento 1. Cuando el porcentaje de sustitución del cereal sea igual o superior al 25% de la superficie solicitada. | 20 €/ha. | 20 €/ha. | 20 €/ha. |
Complemento 2. Cuando el porcentaje de sustitución del cereal sea igual o superior al 25% y se haga con determinadas leguminosas. | 20 €/ha. | 1,4738 € | 0 € |
A continuación se desglosa, por comunidades autónomas, las superficies con derecho a percibir ayuda:
Comunidad Autónoma | Superficie determinada por estratos (ha) | ||
Hasta 50 Has | Más de 50 y hasta 100 has | TOTAL | |
Andalucía | 30.945,27 | 14.653,59 | 45.598,86 |
Aragón | 156.231,46 | 62.440,29 | 218.671,75 |
Baleares | 2.336,79 | 366,76 | 2.703,55 |
Castilla La Mancha | 190.487,64 | 79.610,94 | 270.098,58 |
Castilla y León | 43.066,04 | 9.862,83 | 52.928,87 |
Extremadura | 75.283,59 | 42.224,76 | 117.508,35 |
Madrid | 3.880,38 | 1.859,05 | 5.739,43 |
Murcia | 6.246,29 | 2.918,95 | 9.165,24 |
Navarra | 3.494,35 | 1.081,17 | 4.575,52 |
La Rioja | 149,05 | 21,13 | 170,18 |
C. Valenciana | 606,72 | 82,24 | 688,96 |
TOTAL | 512.727,58 | 215.121,71 | 727.849,29 |
Comunidad Autónoma | Superficie determinada por complementos (ha) | ||
Complemento 1 | Complemento 2 (*) | TOTAL | |
Andalucía | 33.806,38 | 0,00 | 33.806,38 |
Aragón | 147.917,05 | 87.725,44 | 235.642,49 |
Baleares | 1.013,24 | 0,00 | 1.013,24 |
Castilla La Mancha | 168.698,33 | 95.906,11 | 264.604,44 |
Castilla y León | 38.583,59 | 15.448,40 | 54.031,99 |
Extremadura | 107.680,02 | 31.013,31 | 138.693,33 |
Madrid | 2.916,62 | 1.172,72 | 4.089,34 |
Murcia | 2.142,22 | 1.356,13 | 3.498,35 |
Navarra | 995,32 | 0,00 | 995,32 |
La Rioja | 157,16 | 105,08 | 262,24 |
C. Valenciana | 392,44 | 0,00 | 392,44 |
TOTAL | 504.302,37 | 232.727,19 | 737.029,56 |
(*) Referida sólo a los beneficiarios del año anterior. |
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Mediante Orden AAA/1787/2013, de 1 de octubre (BOE nº 237, de 03/10/2013), se modifica el periodo de comunicación de las cesiones de derechos de ayuda a que se refiere el artículo 29.2 del Real Decreto 1680/2009, que comenzará el mismo día de inicio del plazo de presentación de solicitud única 2014 y finalizará seis semanas antes del término de dicho plazo de presentación.
Antes el plazo comenzaba el 1 de noviembre, pero se ha querido sincronizar los calendarios de comunicación de cesiones de derechos de pago único con el de presentación de la solicitud única, con objeto de esperar a que esté publicada la normativa comunitaria que regulará las ayudas en la campaña 2014.
En el caso de cambios de titularidad por motivo de herencias, jubilaciones en los que el cesionario de los derechos sea un familiar de primer grado del cedente, programas aprobados de cese anticipado, incapacidad laboral permanente, fusiones o escisiones y cambios de personalidad jurídica, así como las modificaciones de los arrendamientos debidos a cambios de titularidad, el plazo para notificarlos no varía con respecto a años anteriores, sigue coincidiendo con el de presentación de la solicitud única.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 13/2013, de 26 de febrero (DOE nº 45, de 06/03/2013), por el que se regula el procedimiento administrativo para la realización de determinados aprovechamientos forestales y otras actividades en la Comunidad Autónoma de Extremadura, requerirán comunicación previa, entre otras, las siguientes actuaciones: podas de formación y apostados, podas de producción de fruto o de mantenimiento y podas de ramoneo.
La comunicación previa deberá tener entrada en el registro con una antelación mínima de diez días hábiles a la fecha en que se pretenda comenzar los trabajos. Este plazo podrá reducirse a cinco días si se hace entrega de copia de la comunicación previa registrada a los agentes en la zona donde se adscriba la explotación.
Deberá irá acompañada de fotocopia del DNI, y en el caso de personas jurídicas también se aportará copia del documento que acredite la representación.
A partir del 16 de octubre en Extremdura se abonará el 50 % del Pago Único
El Comité de Pagos Directos de la Unión Europea ha aprobado el proyecto de Reglamento de la Comisión que autoriza los anticipos de los pagos directos de la Política Agraria Común (PAC) a todos los agricultores de la Unión Europea.
En el caso de España, este anticipo supone unos 2.500 millones de euros, correspondiendo 2.450 millones de euros al anticipo del pago único. En Extremadura este anticipo supone alrededor de 300 millones de euros.
En consecuencia, según nos informa la Consejería de Agricultura, en la segunda quincena de octubre se abonará un anticipo del 50 % del Pago Único.
Más adelante, está previsto que se abone también el anticipo de la ayuda a la rotación de cultivos en tierras de secano, de aquellos expedientes que no tengan problemas. El importe de esta ayuda es de 60 euros/ha, más dos complementos de 20 euros/ha cada uno, si se cumplen determinados requisitos. Aún no se sabe si se abonarán los complementos.
Recordamos que estos pagos están sujetos a una reducción del 10 % en aplicación de la modulación, quedando exentos los 5.000 primeros euros.
Solo podrán cobrar las nuevas ayudas PAC quienes realicen una actividad agraria real
Fernando Miranda, presidente del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), ha declarado recientemente sobre la reforma de la PAC 2013-2020 que “solo podrán cobrar las nuevas ayudas PAC quienes realicen una actividad agraria real”.
“Creo que éste es el gran cambio de la nueva reforma PAC. El elemento más cualitativo, más diferenciador con respecto a la actual PAC es la actividad agraria, el énfasis que se va a hacer a la actividad agraria.”
“En la PAC 2007-2013 se introdujo el pago único y nos acostumbramos a saber qué es un pago desvinculado de la producción. Ahora todo el mundo lo tiene muy asimilado, pero en 2005 se criticó mucho esto de pagar por no hacer nada. Ese es realmente el mensaje que queremos evitar y, en cambio, extender el de que solo se va a pagar si existe una actividad agraria real. Vamos a determinar bajo qué condiciones se justifica esa actividad.”
Superficies de pastos para justificar los derechos
Los beneficiarios de derechos de pago único que los justifican sobre superficie de pastos, sin ser ganaderos, podrían quedar fuera del nuevo sistema de pagos:
“El sistema actual de ayudas PAC, en determinados sectores agroindustriales (remolacha azucarera, tomate para industria, algodón, etc.) hizo, cuando se desacoplaron, que se generaran derechos de alto valor económico que los agricultores decidieron activar sobre superficies de muy bajo valor. Fundamentalmente, sobre superficie de pastos en las que no ejercen ninguna actividad. No podíamos seguir permitiendo que una serie de beneficiarios recibieran importes tan altos de pago único, sin hacer nada de manera tan evidente.”
“En todo caso, este problema se va a resolver, eliminando a los mismos de la primera asignación de derechos, pero también exigiendo en lo sucesivo que exista una actividad agrícola o ganadera por parte de los que soliciten la ayuda.”
Tierras arrendadas
En tierras que están arrendadas, “el que tiene que cobrar las ayudas y pedir la PAC es el arrendatario, no el propietario o arrendador que no las cultiva. Vamos a intentar que eso sea así y que esa situación aflore y que quien pida la ayuda sea el arrendatario.”
“Eso de que yo pido la PAC y tú me llevas las tierras no es lo correcto, sino que yo, que soy el arrendatario tengo que solicitar la ayuda de la PAC y ya resolveré cuál es mi relación económica, mediante el canon de arrendamiento, con el propietario. Pretendemos ligar al solicitante y beneficiario de la PAC con el ejercicio de la actividad económica que hay detrás.”
Ayudas acopladas
“En la última Conferencia Sectorial, se coincidió en que, por el modelo de la PAC que aplicamos, la ganadería es la actividad que peor sale reflejada y, por tanto, es la que debe tener un apoyo especial. Por eso, parece razonable que la ganadería sea la principal destinataria de las ayudas acopladas, sin perjuicio de otros sectores, cuya situación merezca también ese apoyo.”
“Además, hay bastante consenso de que sea la ganadería, sobre todo la de menor base territorial, la que vaya a tener mayores problemas para recibir unos importes de ayuda acordes con los que viene recibiendo, al estar ligadas estos apoyos a la superficie.”
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