•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino

         La Dirección General de Agricultura y Ganadería, a través del Servicio de Sanidad Animal, ha elaborado por sorpresa y sin previa consulta al sector ganadero, una Resolución por la que se modifican substancialmente las pruebas de saneamiento ganadero en ganado bovino, en todas las comarcas de Extremadura.

         De esta forma, aunque se ha eliminado en algunas comarcas y municipios la segunda prueba anual de brucelosis, que se efectúa a los seis meses del primer saneamiento, por el contrario en otras, no solo se mantiene dicha prueba, sino que se incrementa el control al añadir también como obligatoria la prueba de tuberculosis.

         Dentro de la provincia de Badajoz y en las zonas más importantes de vacuno, hay que destacar la comarca de Badajoz como la más afectada por el añadido de la prueba de tuberculosis, así como algún municipio de la comarca de Zafra. Por el contrario, resultan beneficiadas por las nuevas normas comarcas como Jerez de los Caballeros, Mérida y Don Benito.

         Hemos mantenido una entrevista con el Director General de Agricultura y la Jefe del Servicio de Sanidad Animal, especialmente sobre éste y también otros asuntos de interés para los ganaderos, sin que se aceptara alguna de nuestras propuestas para “suavizar” la segunda prueba, en las comarcas y municipios perjudicados por este segundo saneamiento, en aquellas explotaciones ya calificadas como oficialmente indemnes desde hace bastantes años, sin que consiguiéramos ningún resultado positivo.

         En consecuencia, a continuación se presenta una breve reseña de la Resolución citada, así como un cuadro resumen de las comarcas y municipios afectados.

         La Resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, de 28 de junio de 2012 (DOE nº 131, de 09/07/2012), determina la realización de pruebas sanitarias especiales para el mantenimiento de calificaciones sanitarias de ganado bovino en explotaciones de Extremadura.

Aplicando lo establecido en los Programas Nacionales de Erradicación de Tuberculosis Bovina y Brucelosis Bovina 2012, respecto a la necesidad de realizar segundas pruebas sanitarias en las explotaciones de bovino en la Comunidad Autónoma de Extremadura, teniendo en cuenta los datos epidemiológicos y de prevalencia a nivel provincial y comarcal, se seguirá el siguiente criterio:

Comarcas Veterinarias

Segunda prueba para el mantenimiento de la

calificación sanitaria

Brucelosis Bovina

Tuberculosis Bovina

AZUAGA

No se aplicará.

Se aplicará en el Municipio de

-          Campillo de Llerena

BADAJOZ

Se aplicará en todos los municipios.

Se aplicará en los municipios de:

-          Alburquerque

-          Alconchel

-          Almendral

-          Badajoz

-          La Roca de la Sierra

-          Olivenza

-          San Vicente de Alcántara

-          Villar del Rey

CÁCERES

Se aplicará en todos los municipios.

No se aplicará.

CASTUERA

No se aplicará.

No se aplicará.

CORIA

Se aplicará en todos los municipios.

No se aplicará.

DON BENITO

No se aplicará.

No se aplicará.

HERRERA DEL DUQUE

No se aplicará.

Se aplicará en los municipios de:

-          Helechosa de los Montes

-          Herrera del Duque

-          Tamurejo

-          Valdecaballeros

JEREZ DE LOS CABALLEROS

No se aplicará.

No se aplicará.

MÉRIDA

No se aplicará.

No se aplicará.

NAVALMORAL DE LA MATA

Se aplicará en todos los municipios.

Se aplicará en todos los municipios, comenzando por municipios con explotaciones positivas en 2011.

PLASENCIA

Se aplicará en todos los municipios.

Se aplicará en todos los municipios, comenzando por municipios con explotaciones positivas en 2011.

TRUJILLO

Se aplicará en todos los municipios.

No se aplicará.

VALENCIA DE ALCÁNTARA

Se aplicará en todos los municipios.

Se aplicará en todos los municipios, comenzando por municipios con explotaciones positivas en 2011.

ZAFRA

Se aplicará en todos los municipios.

Se aplicará en los municipios de:

-          Fuente del Arco

-          Monesterio

-          Usagre

-          Llerena

-          Montemolín

-          Salvatierra de los Barros

-          Villafranca de los Barros

ZORITA

No se aplicará.

No se aplicará.

         La escalada de precios de las materias primas y por tanto de los piensos y la modificación de la Norma de Calidad del cerdo ibérico, posiblemente sean los dos hechos más importantes para el sector ganadero ocurridos a lo largo de este verano.

         La muy escasa cosecha de grano española –especialmente mala en Andalucía y Extremadura- y tanto la sequía como la cuota de maíz destinado a biocombustibles (bioetanol) en Estados Unidos, nuestro principal suministrador de maíz y también de soja, han provocado una brutal subida del 25 % en el precio de los cereales y del 35 % en la soja, componentes básicos de la mayoría de las formulaciones de piensos.

         De esta forma, además de la sequía del año agrícola que ahora finaliza y que ya ha dejado de ser noticia, se nos viene encima la escalada de los piensos en un otoño que, si la lluvia no lo remedia, puede ser el final económico de muchas explotaciones ganaderas. Y todo ello sin entrar a comentar el precio de la paja y de otros alimentos de volumen.

         De nada vale que los precios del vacuno y del ovino se mantengan a un nivel razonable (iguales o algo por encima del año anterior), si los costes de producción (pienso especialmente, pero también el gasóleo, fertilizantes, electricidad, IVA, etc) aumentan con una mayor progresión. Y respecto al cerdo de tronco ibérico (llamémoslo así), el mayor consumidor de pienso, no es necesario hacer mayores comentarios. Aunque los precios hayan reaccionado recientemente, ha pasado un año al borde del colapso, continuando la crisis de los años anteriores agravada por la ya citada subida de los piensos y otros costes de producción y, como final, la nueva normativa de bienestar animal para las explotaciones porcinas que entrará en vigor el 1 de enero de 2013 (Real Decreto 1135/2002).

         Ante esta situación, que tampoco es nueva, sólo podemos esperar que las perspectivas climatológicas del otoño mejoren respecto al año transcurrido, y esto sería lo único importante hoy por hoy.

         Mientras tanto, la UE ha autorizado el pago de adelantos de las ayudas de la PAC 2012 a partir del 15 de octubre, con el fin de sostener la tesorería de las explotaciones y suponemos que, al igual que hizo el año anterior, la Consejería de Agricultura sea diligente y prepare las correspondientes nóminas para esa fecha.

         La segunda noticia de agosto como decíamos al principio, fue sin duda la publicación a finales de julio por parte del Ministerio de Agricultura, de un avance de las líneas fundamentales en las que podría basarse la modificación de la Norma de Calidad del Ibérico. Las reacciones a dicha publicación han sido muy dispares, como era de esperar, y a lo largo de agosto y septiembre se han producido numerosos comentarios y notas de prensa, a favor y en contra de la posición del Ministerio. Por un lado las Organizaciones Agrarias se han opuesto a la misma, tanto UPA a nivel nacional como ASAJA, aunque en el caso de esta organización existe una profunda división, no sólo entre Castilla y León, Andalucía y Extremadura, sino también entre ASAJAs de las distintas provincias de Andalucía. Otro tanto ocurre con la postura oficial de las Comunidades Autónomas: Castilla y León defendiendo a los industriales de Guijuelo y el cerdo intensivo cruzado al 50 % y en posición muy parecida Castilla – La Mancha. En el lado opuesto, Andalucía (aunque con matices) y Extremadura, que mantiene la posición expresada en el documento de consenso que se firmó el 31/03/2012 y que fue enviado, junto con el Boletín de la Asociación del pasado mes de abril.

         En cuanto a las organizaciones profesionales del sector, también tenemos en un extremo a los industriales de IBERAICE (95 % de las industrias de ibérico), para los que la reforma constituye una “profunda decepción”, en línea con la postura de Castilla y León. Por otro lado, la interprofesional ASICI, a la cual también pertenece IBERAICE, no ha conseguido consensuar un posición común de las numerosas asociaciones y organizaciones agrarias de productores e industriales allí integradas, aunque también se ha manifestado por varios motivos en contra de la propuesta del Ministerio. No obstante, dentro de ASICI, AECERIBER es la que mantiene una posición más próxima a las propuestas del Ministerio.

         En nuestra región las organizaciones agrarias, APAG-ASAJA a la que pertenecemos y UPA, han expresado su apoyo a la exclusión de la Norma de los cerdos de “rejilla” (cebo intensivo); al mantenimiento de las actuales denominaciones (Ibérico, tanto al puro como al cruzado), así como al mantenimiento dentro de la Norma de los cerdos del 50 % de pureza racial, frente a la propuesta Ministerial por la que quedarían excluidos, admitiéndose sólo los del 75 %. Tampoco están conformes con la exigencia de inscribir a las madres ibéricas en el Libro Genealógico, si bien esta condición no quedó así reflejada en las discusiones previas del grupo sectorial del porcino de APAG-ASAJA.

         En fin, guerra abierta por los intereses contrapuestos de los distintos sectores productores, las diferentes formas de producción y sobre todo los intereses del sector industrial, especialmente el de Guijuelo.

         Es de esperar que el Ministerio, una vez oídos y asimilados los numerosos comentarios y opiniones de todos los grupos de interés citados, consiga acercar posturas y alcanzar un por ahora difícil consenso, al menos en algunos de los puntos clave. Veremos si se alcanza algún acuerdo de aquí a finales de año.


     

Con esta modificación de la normativa, que simplifica el procedimiento de inscripción registral previa de los aprovechamientos de montanera, se atiende la petición que habíamos realizado desde esta Asociación.

 

Mediante el Decreto 120/2012, de 29 de junio, (DOE nº 127, de 03/07/2012) se modifica el Decreto 158/1999, de 14 de septiembre, por el que se establece la regulación zootécnico-sanitaria de las explotaciones porcinas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

 

Se consideran aprovechamientos de montanera aquellos dedicados exclusivamente a este tipo de aprovechamiento, con un número de cerdos no superior a 350, siempre con una carga ganadera inferior a un cerdo por hectárea, en los períodos comprendidos entre el 1 de octubre y 15 de abril, en superficies dadas de alta conforme a la Orden de 23 de septiembre de 2011 o la disposición que en su momento la sustituya, sobre identificación de parcelas y recintos de dehesa requerida por el Real Decreto 1469/2007, por el que se aprueba la norma de calidad para la carne, el jamón ibérico, la paleta y la caña de lomo ibéricos. Los cerdos a su entrada deberán contar con el peso requerido por esta norma de calidad y ser alimentados para que a su salida sus productos puedan estar amparados como de bellota o terminados en montanera.


         Mediante el Decreto 107/2012, de 15 de junio, (DOE nº 119, de 21/06/2012), se regulan las subvenciones para la mejora de la financiación de las explotaciones agrarias de Extremadura.

Podrán ser beneficiarios los titulares de explotaciones agrarias de Extremadura que sean beneficiarios de subvenciones concedidas de acuerdo con los Decretos autonómicos:

·           Decreto 20/2008, de 22 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria única de subvención para la financiación de préstamos a titulares de explotaciones ganaderas ubicadas en Extremadura.

·           Decreto 253/2009, de 4 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a préstamos, dirigidas a financiar los sectores productivos del olivar y la viña de explotaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

·           Decreto 85/2010, de 26 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria única de subvención para la mejora de la financiación de préstamos a titulares de explotaciones ganaderas ubicadas en Extremadura.

·           Decreto 98/2010, de 9 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a préstamos, dirigidas a financiar el sector productivo de los frutales de explotaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Serán subvencionables los préstamos formalizados para hacer frente a la amortización pendiente de aquellos préstamos que se obtuvieron de acuerdo con los Decretos autonómicos relacionados en el apartado anterior.

La subvención consistirá en la subsidiación de un máximo de cinco puntos porcentuales de los intereses del primer año de carencia de los préstamos formalizados con los requisitos establecidos.

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el 21 de julio


 

Se modifican los límites de los ya existentes (ampliación en unos casos y reducción en otros) y se incluyen nuevos espacios

El Diario Oficial de Extremadura (nº 111, de 11/06/2012), publica un Anuncio de la Dirección General de Medio Ambiente, por el que se somete a información pública la propuesta de actualización de los lugares que integran la Red Natura 2000 en Extremadura.

Además de las ampliaciones y reducciones de los límites de los espacios ya existentes, el procedimiento de actualización también incluye la propuesta de declaración de nuevas Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y nuevos Lugares de Importancia Comunitaria (LIC), que pasarán a formar parte de la Red Natura 2000 en Extremadura. Dicho proyecto se somete a información pública durante el plazo de 30 días, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.


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