Las empresas disponen hasta el 31 de marzo para adaptar los contratos temporales vigentes a la nueva legislación. Resumimos a continuación algunas de las medidas.
Negociación colectiva
La norma recupera la ultraactividad indefinida. Las condiciones establecidas en un convenio colectivo seguirán en vigor después de que finalice su vigencia expresa.
Se deroga la prevalencia salarial del convenio de empresa sobre el convenio del sector. Solamente podría aplicarse en el caso de que la empresa cuente con un convenio propio que mejorase las condiciones del sector.
Generalización del contrato indefinido
El contrato ordinario será el contrato indefinido, que se presume por tiempo ilimitado, desapareciendo el contrato por obra o servicio.
Solamente existe un contrato de duración determinada para dos supuestos concretos: por circunstancias de la producción o por sustitución de un trabajador. Para que se entienda que concurre causa justificada de temporalidad será necesario que se especifiquen con precisión, en el contrato, la causa habilitante de la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista.
El contrato de duración determinado no podrá ser superior a seis meses, pudiéndose ampliar la duración máxima del contrato hasta un año por convenio colectivo de ámbito sectorial.
Las empresas también podrán formalizar contratos por circunstancias de la producción para atender situaciones ocasionales, previsibles y que tengan una duración reducida y delimitada. Solo podrán utilizar este contrato un máximo de noventa días en el año natural.
Contratos de fijos-discontinuos
El contrato por tiempo indefinido fijo-discontinuo se concertará para la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.
Las empresas de trabajo temporal y subcontratas podrán celebrar este tipo de contratos.
Contratos formativos
Los contratos de formación presentan dos modalidades: formación en alternancia y obtención de la práctica profesional. El contrato de formación en alternancia tendrá por objeto compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o el Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
El contrato formativo destinado a obtener la práctica profesional adecuada al correspondiente nivel de estudios tendrá una duración máxima de un año.
Se endurecen las sanciones
Las infracciones se individualizan, se abonarán por cada trabajador y no por empresa, como ahora. Las sanciones se elevan, en su grado máximo, desde los 8.000 euros actuales a 10.000 euros por cada trabajador con el que se cometa infracción. Además, el incumplimiento de las normas que regulan la contratación temporal supondrá que el trabajador sea considerado indefinido.
El 30 de diciembre se pagaron el anticipo y el saldo del pago básico y pago verde 2021 a quienes no lo cobraron en su momento. Se abonaron 5,6 millones de euros a 1.004 solicitantes de la ayuda al pago básico y 4,9 millones de euros a 855 expedientes del pago verde.
También se pagaron, a un total de 1.250 agricultores, 2,44 millones de euros correspondientes a la ayuda asociada al arroz.
Igualmente se ha pagado la ayuda asociada al tomate, por importe de 990.000 euros, a un total de 977 productores.
A un total de 216 beneficiarios se les ha abonado también el anticipo (60%) de la campaña 2021 de la ayuda a la reestructuración y reconversión del viñedo, por un montante de 5,5 millones de euros.
Por otra parte, en la misma fecha también se han abonado 2,2 millones de euros para saldar el pago verde de la campaña 2020 a un total de 35.663 beneficiaros, debido a que el coeficiente de este pago se ha fijado definitivamente en el 52,143132 %, por lo ha sido necesario abonar la diferencia.
Del pago básico y pago verde de la campaña 2021 queda pendiente de cobrar un 5%, que se abonará una vez que lo autorice el Ministerio de Agricultura.
En cuanto a las ayudas asociadas a la ganadería, informa la Consejería de Agricultura que se abonarán a partir del próximo mes de marzo.
El pasado día 17 de enero celebramos conjuntamente con APAG Extremadura ASAJA, una reunión vía telemática con la Jefe del Servicio de Sanidad Animal de la Consejería de Agricultura en la que, entre otros, se trataron los siguiente puntos.
Declaraciones censales de ovino-caprino
Se puso de manifiesto la dificultad material de presentar en tiempo y forma (antes del 1 de marzo), los censos detallados de ovino, esto es, una relación con la identificación individual de cada animal de la explotación a 1 de enero. Así como también las relaciones de animales muertos en la explotación en el año anterior y la de todos los animales identificados por primera vez en el mismo año (reposición), indicando fecha de nacimiento, sexo y raza. Todo ello como se indica en el Decreto 50/2021 (DOE 01/06/2021).
Además se comentó la dificultad de incorporar informáticamente los ficheros electrónicos de estos censos a la aplicación CAÑADA (OVZ virtual).
Por todo ello se ha conseguido una prórroga del plazo de presentación de estas declaraciones más allá del 1 de marzo, así como que pueda ser válida la lectura que se realice en los primeros meses del año, coincidiendo con la vacunación de lengua azul.
Además se admitirá que el censo presentado lo sea en cualquier fecha de lectura, no siendo necesariamente la del 1 de enero, aunque no demasiado alejada.
También se comentó que podría aprovecharse el listado de identificadores ovinos teóricamente existentes en la aplicación CAÑADA, obtenidos al parecer a partir de las lecturas en las vacunaciones de Lengua Azul del año 2019, si bien no son suficientemente exactos dado su antigüedad, ni tampoco se consiguen bajar de CAÑADA con facilidad.
Vacunación de Lengua Azul
En 2022 continuará la obligatoriedad de la vacunación de Lengua Azul en toda Extremadura, tanto en ovino-caprino como en bovino con el serotipo S-4; siendo voluntaria y por cuenta del ganadero la vacunación con el serotipo S-1, que solo se recomendaría para las comarcas del sur de la provincia de Badajoz, limítrofes con Andalucía y/o Portugal.
Saneamientos
A falta de conocer al completo los datos de tuberculosis bovina en 2021, la prevalencia de rebaños en la región ha bajado al 3,8%.
También se expresó nuestra disconformidad por los retrasos e inconvenientes que se producen en los saneamientos solicitados a petición del ganadero, con veterinarios privados o de ADS o cooperativas, principalmente por la escasez de tuberculina en algunas OVZ y por la lentitud en la grabación de los resultados, retrasando considerablemente la obtención de las guías de movimiento de ganado para vida.
Otro tema tratado fue la escasez de personal veterinario y administrativo en alguna OVZ, retrasándose la firma informática de guías, con el consiguiente perjuicio al ganadero.
Asimismo se puso de manifiesto la continua bajada de subvenciones a las ADS, que, sin embargo, han visto incrementado su trabajo por las campañas de vacunación de Lengua Azul.
Finalmente debemos agradecer a Cristina Sanz, Jefe del Servicio de Sanidad Animal, la atención prestada a nuestras demandas y problemas sobre los temas tratados en la reunión.
Aunque AGROSEGURO apenas reconoce decenas de sequía en el mes de noviembre, reducidas a determinados municipios de las comarcas de Herrera del Duque y de Castuera, sigue ignorando la grave situación que afecta a otras comarcas de la región. En concreto en la provincia de Badajoz hay que destacar la mala situación en cuanto a lluvia recogida de las comarcas de Llerena y Azuaga, entre otras, con una mala nascencia de los cereales en ambas comarcas y escasísima producción de hierba.
Asimismo existen dificultades de abastecimiento de agua para el ganado en ambas comarcas.
También es importante destacar la mala situación de los grandes embalses para las zonas de regadío de Badajoz, que van a tener serias dificultades para mantener la superficie de riego en la próxima campaña, salvo grandes acopios de agua en los próximos meses, lo cual no es probable.
Esperemos que los datos de AGROSEGURO del mes de diciembre reconozcan la mala situación de los pastos en gran parte de las comarcas de Extremadura.
Antes del 1 de marzo debe presentarse la declaración de censo de todo el ganado de la explotación
Como todos los años, a través del portal de internet CAÑADA (Oficina Veterinaria Virtual de Extremadura), accediendo con las claves personales de la PAC, o bien personalmente en la Oficina Veterinaria correspondiente, los ganaderos están obligados a presentar una declaración anual del censo ganadero existente al 1 de enero. La declaración debe presentarse antes del 1 de marzo.
Además, para el ganado ovino y caprino, también habrá que notificar la relación de animales identificados electrónicamente existentes en la explotación a 1 de enero, relacionando los crotales de cada uno de ellos, antes del 1 de marzo, así como las relaciones de animales muertos en la explotación y de los identificados por primera vez en el año anterior (ver información más actualizada en el artículo de portada).
Por otra parte, los Libros de Registro de explotación deben mantenerse debidamente actualizados y a disposición de los Servicios Oficiales.
Recordamos la importancia de realizar en plazo esta declaración censal, que sirve de base para las ayudas asociadas.
Para asociarse, imprima y rellene el cuestionario adjunto, enviándolo a nuestra dirección.
No dude en llamarnos si tiene cualquier pregunta.