La coalición formada por APAG Extremadura ASAJA (Badajoz) y ASAJA Cáceres, ha ganado por un amplio margen las elecciones al campo 2022 en Extremadura, como puede apreciarse en el cuadro adjunto, que presenta los resultados definitivos de dichas elecciones en las que se ha registrado una participación del 61,19 %, sobre un censo de 11.971 electores, con un total de 7.326 votos válidos.
ELECCIONES AL CAMPO 2022 | |||||
Organizaciones Agrarias | BADAJOZ | CÁCERES | EXTREMADURA | Miembros en el Consejo Asesor Agrario | |
% | % | Votos | % | ||
ASAJA | 52,83 % | 45,45 % | 3.627 | 49,51 % | 6 |
UPA-UCE | 27,89 % | 36,97 % | 2.343 | 31,98 % | 3 |
LA UNIÓN | 15,76 % | 17,09 % | 1.198 | 16,35 % | 1 |
AEQUUM AGRUM | 2,65 % | 0,33 % | 118 | 1,61 % | 0 |
COORDINADORA AGRARIA | 0,87 % | 0,15 % | 40 | 0,55 % | 0 |
Pese a los errores del Censo Electoral en el que faltaban, tanto muchos de nuestros socios como de APAGA ASAJA, y quizás también por la falta de interés por acudir a votar de los que, estando incluidos, no se presentaron a las urnas, ASAJA ha vuelto a ganar las elecciones al Campo, o mejor dicho ha conseguido la mayoría absoluta de la representatividad de las Organizaciones Agrarias en el Consejo Asesor Agrario de la Consejería de Agricultura.
Esto demuestra la fortaleza de nuestras asociaciones con una mayoría absoluta en la provincia de Badajoz y rozándola en la de Cáceres.
Esperemos que la presencia mayoritaria de ASAJA en los próximos años en el Consejo Agrario, pueda servir para una mayor atención a los problemas de nuestro sector y a mejorar las difíciles condiciones productivas en las que se desenvuelve en la actualidad la agricultura y la ganadería de Extremadura.
En nuestro Boletín de abril informamos de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas en respuesta a la guerra de Ucrania, incluyendo las dirigidas a los productores de de leche (vacuno, ovino y caprino).
Según informamos por correo electrónico a nuestros socios, el FEGA publicó a finales de abril el listado provisional de los ganaderos a los que se le abonará dicha ayuda, con indicación del número de animales elegibles, así como del importe provisional que corresponde cobrar y la cuenta corriente en la que se abonará.
Se puede consultar dicho listado en el siguiente enlace:
https://sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA/navTablonAnuncios
Se concedió de un plazo solamente de 5 días hábiles para presentar alegaciones o modificar la cuenta.
Los importes unitarios provisionales utilizados para el cálculo provisional de la ayuda indicada para cada explotación, evitando superar la cuantía máxima total, son los siguientes:
GANADO DE LECHE | Presupuesto (millones de euros) | Número de animales |
Importe máximo (Euros / cabeza) |
Vaca de leche | 124,0 | Hasta 40 animales | 204,9705 |
Entre 41 y 80 | 136,647 | ||
Más de 180 | 97,605 | ||
Ovino de leche | 32,3 | Todos | 14,6791 |
Caprino de leche | 12,7 | Todos | 8,2182 |
Esta ayuda se abonó a finales mes de mayo.
El resto de las ayudas concedidas al vacuno (vaca nodriza y cebo) y ovino y caprino de carne al parecer se pagarán antes del mes de septiembre de 2022, de acuerdo a los censos que se utilizaron para abonar las ayudas asociadas de la PAC 2021.
Mediante la Orden HPF/413/2022, de 10 de mayo (BOE nº 112, de 11/05/2022), se reducen para el período impositivo 2021 los índices de rendimiento neto y se modifican los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales.
Reducción del índice corrector aplicable en 2021 por piensos adquiridos a terceros.
Se modifica la instrucción 2.3.d) para la aplicación de los signos, índices o módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del anexo I de la Orden HAP/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactada de la siguiente forma:
«d) Piensos adquiridos a terceros.
Cuando en las actividades ganaderas se alimente el ganado con piensos y otros productos para la alimentación adquiridos a terceros que representen más del 50 por 100 del importe de los consumidos.
Índice: 0,50.
A efectos de este índice, la valoración del importe de los piensos y otros productos propios se efectuará según su valor de mercado.»
Reducción del índice corrector aplicable en 2021 por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica.
Se modifica la instrucción 2.3.f) para la aplicación de los signos, índices o módulos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del anexo I de la Orden HAP/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, que queda redactada de la siguiente forma:
«f) Cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica.
Cuando los cultivos se realicen, en todo o en parte, en tierras de regadío, siempre que el contribuyente, o la comunidad de regantes en la que participe, estén inscritos en el registro territorial correspondiente a la oficina gestora de impuestos especiales a que se refiere el artículo 102.2 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales.
Índice: 0,75 sobre el rendimiento procedente de los cultivos realizados en tierras de regadío por energía eléctrica.
Cuando no sea posible delimitar dicho rendimiento, este índice se aplicará sobre el resultado de multiplicar el rendimiento procedente de todos los cultivos por el porcentaje que suponga la superficie de los cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal fin, energía eléctrica sobre la superficie total de la explotación agrícola.»
Esta Orden aprueba la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en 2021 por las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por circunstancias excepcionales, las cuales se localizan en determinadas zonas geográficas, que se detallan a continuación:
Actividad | Índice de rendimiento neto | Ámbito territorial |
Apicultura | 0,13 | Todas las Comunidades Autónomas |
Avicultura | 0,09 | |
Bovino de carne | 0,09 | |
Bovino de cría | 0,18 | |
Bovino de leche | 0,14 | |
Cunicultura | 0,09 | |
Equino | 0,22 | |
Porcino de carne | 0,09 | |
Porcino de cría | 0,18 | |
Ovino y Caprino de carne | 0,09 | |
Ovino y Caprino de leche | 0,18 | |
Albaricoque | 0,26 | Términos municipales de: Badajoz y Valencia del Ventoso. |
Almendra | 0,18 |
Términos municipales de: Arroyo de San Serván,Badajoz, Calamonte, Don Benito, Fuente del Maestre, Garrovilla (La), Mérida, Nogales y Zalamea de la Serena. Madrigalejo. |
Arroz | 0,16 |
Términos municipales de: Don Benito, Medellín, Navalvillar de Pela, Orellana de la Sierra, Orellana la Vieja, Santa Amalia, Valdetorres, Villanueva de la Serena y Villar de Rena. Almoharín, Campo Lugar, Logrosán, Madrigalejo y Miajadas. |
Avena | 0,18 |
Términos municipales de: Albuera (La), Badajoz, Calamonte, Castuera, Don Benito, Mérida, Olivenza, Orellana de la Sierra, Santos de Maimona (Los), Torremejía y Zalamea de la serena. Abertura y Zarza de Granadilla, |
Brócoli | 0,18 | Términos municipales de: Albuera (La),Badajoz, Don Benito, Guadiana del Caudillo, Medellín,Mengabril, Talavera la Real, Valdelacalzada yVillanueva de la Serena. |
Cebada | 0,18 |
Términos municipales de: Arroyo de San Serván, Badajoz, Calamonte, Don Benito, Mérida, Nogales, Orellana de la Sierra, Reina, Ribera del Fresno, Torre de Miguel sesmero, Valdetorres, Valencia del Ventoso y Zalamea de la Serena. Abertura. |
Ciruela | 0,26 | Términos municipales de: Acedera, Alange, Badajoz, Calamonte, Don Benito, Guareña, Mérida, Olivenza, Orellana la Vieja, Pueblonuevo del Guadiana, Santa Amalia, Talarrubias, Villanueva de la Serena, Villar de Rena y Zarza (La). |
Ciruela | 0,13 | Términos municipales de: Berzocana, Campo Lugar y Madrigalejo. |
Coliflor | 0,13 | Términos municipales de: Badajoz, Lobón y Villanueva de la Serena. |
Garbanzo | 0,18 | Términos municipales de: Arroyo de San Serván, Badajoz y Calamonte. |
Girasol | 0,22 | Términos municipales de: Arroyo de San Serván, Badajoz, Don Benito, Guareña, Medellín, Mérida y Santa Amalia. |
Higo | 0,26 | Términos municipales de: Perales del Puerto y Valdelacasa de Tajo. |
Maíz | 0,18 |
Términos municipales de: Acedera, Alange, Arroyo de San Serván, Badajoz, Don Benito, Guareña, Medellín, Mengabril, Santa Amalia, Talavera la Real, Valdelacalzada, Valdetorres, Villagonzalo, Villar de Rena y Zarza (La). Casas de Don Gómez, Galisteo, Madrigalejo, Miajadas, Perales del Puerto, Talayuela, Vegaviana y Zarza de Granadilla. |
Melocotón | 0,26 | Términos municipales de: Arroyo de San Serván, Badajoz, Calamonte, Don Benito, Mérida, Orellana la Vieja, Valdetorres, Villanueva de la Serena y Zarza (La). |
Melón | 0,18 | Términos municipales de: Arroyo de San Serván,Don Benito y Santa Amalia. |
Nectarina | 0,26 | Términos municipales de: Arroyo de San Serván, Badajoz, Calamonte, Don Benito, Guareña, Mérida, Talarrubias, Villanueva de la Serena y Zarza (La). |
Pera | 0,26 | Términos municipales de: Badajoz y Mérida. |
Pimiento para pimentón | 0,26 | Términos municipales de: Calzadilla, Cilleros, Gata, Huélaga, Moraleja, Coria y Vegaviana, |
Productos del Olivo | 0,18 |
Términos municipales de: Acedera, Almendralejo, Arroyo de San Serván, Azuaga, Badajoz, Berlanga, Calamonte, Campanario, Casas de Reina, Coronada (La), Don Benito, Entrín Bajo, Esparragosa de la Serena, Fuente de Cantos, Fuente del Maestre, Granja de Torrehermosa, Haba (La), Higuera de Llerena, Llerena, Magacela, Maguilla, Mérida, Monterrubio de la Serena, Nogales, Orellana la Vieja, Peraleda del Zaucejo, Pueblonuevo del Guadiana, Quintana de la Serena, Talarrubias, Torremejía, Valdetorres, Valencia del Ventoso, Valverde de Llerena, Villagarcía de la Torre, Zalamea de la Serena y Zarza (La). Castañar de Ibor, Cañamero, Navalvillar de Ibor, Perales del Puerto y Valdelacasa de Tajo. |
Sandia | 0,18 | Términos municipales de: Arroyo de San Serván ySanta Amalia. |
Tabaco | 0,18 | Términos municipales de: Cuacos de Yuste, Rosalejo y Talayuela, |
Tomate | 0,18 |
Términos municipales de: Arroyo de San Serván,Badajoz, Don Álvaro, Don Benito, Guareña, Lobón, Medellín, Mengabril, Mérida, Montijo, Pueblonuevo del Guadiana, Rena, Santa Amalia, Talavera la Real, Valdelacalzada, Valdetorres, Villagonzalo, Villanueva de la Serena, Villar de Rena y Zarza (La). Calzadilla, Campo Lugar, Cilleros, Escurial, Gata, Huélaga, Miajadas Moraleja y Vegaviana. |
Trigo | 0,18 | Términos municipales de: Azuaga, Berlanga, Campillo de Llerena, Granja de Torrehermosa, Maguilla, Peraleda del Zaucejo y Zalamea de la Serena. |
Trigo Blando | 0,18 |
Términos municipales de: Acedera, Arroyo de San Serván, Badajoz, Don Álvaro, Don Benito, Fuente de Cantos, Magacela, Orellana de la Sierra, Orellana la Vieja, Reina, Santa Amalia, Valdetorres, Valencia del Ventoso y Valverde de Mérida. Abertura y Miajadas. |
Trigo Duro | 0,18 | Términos municipales de: Arroyo de San Serván, Badajoz, Mérida, Pueblonuevo del Gujadiana, Valencia del Ventoso y Villar del Rey. |
Triticale | 0,18 |
Términos municipales de: Badajoz y Reina. Abertura y Miajadas. |
Uva para vino con D.O. | 0,22 | Todas las Comunidades Autónomas |
Uva para vino sin D.O. | 0,18 |
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