Por fin el MAPA ha publicado los primeros detalles de las condiciones e importes previstos para los Ecoesquemas (que sustituirán en parte al pago verde), y también para las Ayudas Asociadas que al parecer serán bastante similares a las hasta ahora existentes.
Este Boletín lo vamos a dedicar prioritariamente a estas novedades, con toda la información disponible facilitada por el MAPA hasta la fecha, sobre Ecoesquemas y Ayudas Asociadas, bien entendido que pueden existir todavía modificaciones en todas ellas, debiéndose tomar como provisionales tanto en cuanto a los requisitos como a los importes. Las normas generales previstas para la próxima PAC 2023-2027 ya fueron expuestas en nuestro Boletín anterior (julio-agosto 2021).
Se exponen también ejemplos de las diferentes ayudas asociadas, comparando los importes cobrados en la PAC 2020 con los posibles importes a cobrar a partir de la PAC 2023, que en general aumentan levemente. También está prevista una nueva ayuda para el ovino y caprino que aproveche las rastrojeras y los barbechos.
Respecto a los Ecoesquemas, de carácter voluntario y que representan sólo el 25 % del presupuesto, hay que destacar su complejidad y la difícil aplicación por parte de agricultores y ganaderos, salvo en algunos de ellos que pueden asimilarse más a las prácticas habituales de nuestras explotaciones. Además, suponemos que el control de los mismos representará, como de costumbre, una mayor carga administrativa y burocrática, que siempre repercute en nuestra contra.
Tampoco sabemos cómo quedará el valor de los derechos una vez que se reduzca el número de regiones, pero en cualquier caso, no creemos que la futura Ayuda Básica a la Renta compense las pérdidas con respecto al actual sistema, más bien lo contrario.
Está claro que se avecina un gran cambio, pero aún no tenemos todas las claves para saber cómo nos va a afectar, aunque con toda seguridad, la tendencia, como de costumbre en todas las reformas de la PAC, será siempre a percibir menos importes que en la PAC anterior.
En la PAC actual tenemos el Pago Verde que ha venido representado alrededor del 51% del valor de los derechos de Pago Básico. En la nueva PAC, que está previsto que empiece en 2023, habrá una ayuda denominada “ecoesquemas”, que se concederá a aquellos agricultores y ganaderos que realicen “una serie de prácticas beneficiosas para el clima, el medioambiente y el bienestar animal, que respondan a los objetivos medioambientales tanto en lo que se refiere al cambio climático como al desarrollo sostenible y la gestión eficiente de los recursos naturales y a la protección de la biodiversidad, servicios ecosistémicos, hábitats y paisajes.”
El Ministerio de Agricultura ha empezado a desvelar algunos detalles de estos ecoesquemas. Están dotados con el 25% del presupuesto de la PAC y habrá unos ecoesquemas principales, a los que se destinará el 90% del presupuesto, y otro complementario, con el 10% del presupuesto.
Para cada superficie se podrá elegir una sola práctica de las siete que se indican a continuación, relacionada bien con la Agricultura Baja en Carbono o bien con la Agroecología:
ECOESQUEMA PRINCIPAL | ||||
AGRICULTURA BAJA EN CARBONO | AGROECOLOGÍA | |||
P1 | Pastoreo Extensivo | P2 | Siega Sostenible | |
P4 | Agricultura de conservación: siembra directa | P3 | Rotación de cultivos con especies mejorantes | |
P6 | Cubiertas vegetales vivas | P5 | Áreas no productivas en tierras de cultivo | |
P7 | Cubiertas vegetales inertes |
Además, parece que solamente habrá una práctica o ecoesquema complementario, que será compatible con la que se elija como principal:
ECOESQUEMA COMPLEMENTARIO | |
AGRICULTURA DE PRECISIÓN | |
P8 | Gestión sostenible de Insumos. |
Para estas ayudas se ha previsto destinar un presupuesto de 1.107,4 millones de euros.
Los tipos de superficie sobre los que se realizarán las prácticas en nuestro país son los siguientes:
Importes
En el cuadro siguiente se muestran los posibles importes por hectárea para las explotaciones participantes en ecoesquemas:
POSIBLES IMPORTES POR HECTÁREA POR ECOESQUEMAS | |||||||
ECOESQUEMA PRINCIPAL | |||||||
AGRICULTURA DE CARBONO | AGROECOLOGÍA | ||||||
P1 PASTOREO EXTENSIVO |
P4 AGRICULTURA DE CONSERVACIÓN SIEMBRA DIRECTA(1) |
P6 CUBIERTA VEGETAL VIVA |
P7 CUBIERTA VEGETAL INERTE |
P2 MANEJO DE PASTOS SIEGA SOSTENIBLE (2) |
P3 ROTACIÓN ESPECIES MEJORANTES (3) |
P5 ÁREAS NO PRODUCTIVAS EN TIERRAS DE CULTIVO |
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LÍNEA DE BASE (Condicionalidad reforzada) | BCAM 1 |
BCAM 6 BCAM 7 BCAM 8 |
BCAM 7 | Sin línea de base |
BCAM 1 BCAM 4 BCAM 9 |
BCAM 8 |
BCAM 4 BCAM 9 |
Pastos húmedos | 57 € | - | - | - | 60 € | - | - |
Pastos mediterráneos | 37 € | - | - | - | 39 € | - | - |
Tierras de cultivo de secano (cornisa cantábrica) | - | - | - | - | - | 78 € | 60 € |
Tierras de cultivo de secano | - | 47 € | - | - | - | 45 € | 46 € |
Tierras de cultivo de regadío | - | - | - | - | - | 130 € | 140 € |
Cultivos permanentes en pendiente < 5% |
- | - | 138 € | 130 € | - | - | - |
Cultivos permanentes en pendiente ≥ 5 - 10% | - | - | 100 € | 94 € | - | - | - |
Cultivos permanentes en pendiente > 10% | - | - | 59 € | 55 € | - | - | - |
(1) Práctica exclusiva para zonas erosionadas o con riesgo de erosión.
(2) En las áreas en las que la tipología de pastos permita la siega.
(3) El diseño de esta práctica queda condicionado a cómo se aplique en la práctica laBCAM8
Degresividad (disminución gradual de la ayuda)
Hay que tener en cuenta que está previsto aplicar una “degresividad”. Es decir, cada explotación recibiría la totalidad de la ayuda por ecoesquemas para un número determinado de hectáreas, a partir del cual solamente cobraría una parte de dicha ayuda.
Aunque estos datos son provisionales, en el siguiente cuadro se muestra el posible número de hectáreas que cobrarían el 100% de la ayuda, en función del tipo de superficie. El resto de hectáreas podría recibir solo el 70 % de la ayuda:
Tipo de Superficie | Hectáreas con el 100% de la ayuda |
Pastos húmedos | 45 ha |
Pastos mediterráneos | 100 ha |
Tierras de cultivo de secano (Cornisa Cantábrica) | 15 ha |
Tierras de cultivo de secano | 65 ha |
Tierras de cultivo de regadío | 25 ha |
Cultivos permanentes | 15 ha |
Detallamos a continuación las características y exigencias de los diferentes ecoesquemas, de acuerdo con los datos facilitados hasta el momento por el Ministerio de Agricultura, destacando que todavía pueden sufrir modificaciones:
(P1) Pastoreo Extensivo | |
Beneficiarios | “Agricultores Activos”, ganaderos de vacuno, ovino, caprino, equino y porcino extensivo, que declaren hectáreas elegibles de pastos permanentes y pastos temporales y realicen pastoreo sobre las mismas. |
Superficie elegible | Superficie neta de pastos permanentes y pastos temporales que tengan como actividad el pastoreo. |
Requisitos | Mantener el aprovechamiento a diente durante un mínimo de 4 meses (120 días), con una carga ganadera comprendida entre 0,20 y 1,20 UGM/ha. |
Importe provisional de la ayuda | 37 euros/ha. Se aplica degresividad de manera que las 100 primeras hectáreas cobrarían el 100% de la ayuda y el resto el 70% (25,90 euros). |
(P2) Siega sostenible | |
Beneficiarios | “Agricultores Activos”, ganaderos de vacuno, ovino, caprino y equino (no porcino), que declaren hectáreas elegibles de pastos permanentes y pastos temporales y aprovechen mediante siega para la alimentación de los animales, dejando un margen sin segar (10%) del conjunto de pastos declarados. |
Superficie elegible | Superficie neta de pastos permanentes y pastos temporales sobre los que se realice esta práctica. |
Requisitos |
- Establecer un margen sin segar (10% de todos los pastos declarados, no por parcela) en las zonas húmedas de la explotación. - La siega se realizará con una frecuencia y en una época del año a determinar, una vez finalizado el ciclo de los lepidópteros, posterior a la floración. - Podrían entrar parcelas del norte de la provincia de Cáceres y de la zona de Jerez de los Caballeros. |
Importe provisional de la ayuda | 39 euros/ha. Se aplica degresividad. |
(P3) Rotación de cultivos con especies mejorantes | |
Beneficiarios | “Agricultores Activos”, con hectáreas elegibles de tierras de cultivo en las que se lleve a cabo esta práctica. |
Superficie elegible | Tierras de cultivo, de secano y regadío |
Requisitos |
- Practicar la rotación anual de cultivos en el 40% de las tierras de cultivo de la explotación, salvo las superficies cultivadas con especies plurianuales. Por causas justificadas se podrá rebajar el porcentaje al 30%. - Como mínimo, el 15% de la superficie arable corresponderá a especies mejorantes, de las cuales la mitad deben ser leguminosas. - Las superficies sembradas de leguminosas no se podrán dejar de barbecho en la campaña siguiente. - El barbecho no podrá representar más del 20%, salvo las comarcas con baja pluviometría, que podría representar el 40%. Éste podría ser el caso de Extremadura. |
Especies mejorantes |
- Leguminosas: guisante, habas, altramuz dulce, veza o alverja, yeros, algarrobas, titarros o almortas, alholva, alverjón, alfalfa, esparceta, zulla, judía o frijol de carilla, garbanzo, lenteja, crotalaria. Cuando sea una práctica habitual de cultivo, se admitirán mezclas de las especies de leguminosas recogidas en esta lista con otros cultivos herbáceos, siempre que las leguminosas sean el cultivo predominante en la mezcla. - Oleaginosas: girasol, colza, soja y camelina y cártamo - Otras especies: ajo, rábano etc… |
Importe provisional de la ayuda | 45 euros/ha en tierras de secano y 130 euros/ha en tierras de regadío. Se aplica degresividad de manera que las 65 primeras hectáreas de secano o las 25 primeras de regadío cobrarían el 100% de la ayuda y el resto el 70%. |
(P4) Agricultura de conservación: Siembra directa | |
Beneficiarios | “Agricultores Activos”, con hectáreas elegibles de tierras de cultivo de secano. |
Superficie elegible | Tierras de cultivo de secano sobre la que se lleve a cabo esta práctica. Va dirigida a zonas erosionadas o con riesgo de erosión en las que es necesario, para frenar esa tendencia, evitar la roturación del terreno. |
Requisitos |
- Consiste en la eliminación de las labores sobre el suelo, para que la superficie de tierra arable de la parcela acogida a esta práctica quede cubierta por restos vegetales durante todo el año, utilizando la siembra directa, de forma que se promueve el incremento de materia orgánica y el secuestro de carbono orgánico por el suelo y se reduce la erosión del mismo. - Mantener los rastrojos sobre el terreno y llevar a cabo rotación de cultivos. |
Importe provisional de la ayuda | 47 euros/ha. Se aplicará degresividad. La propuesta inicial del Ministerio contemplaba solamente tierras de secano, pero seguramente se aplique también al regadío, por lo que este importe será menor. |
(P5) Áreas no productivas en tierras de cultivo | |
Beneficiarios | “Agricultores Activos”, con hectáreas elegibles de tierras de cultivo en las que se lleve a cabo esta práctica. |
Superficie elegible | Tierras de cultivo sobre la que se lleve a cabo esta práctica (barbecho semillado, islas, márgenes multifuncionales, no cosechado y tumbado de cereal, etc.). |
Requisitos |
- Se establecerán elementos y áreas que permitan conservar la biodiversidad, aportando zonas de refugio y alimento de aves e insectos, polinizadores, etc, mediante barbecho semillado, islas, márgenes multifuncionales, no cosechado y tumbado de cereal, etc. - Se tendrá que dejar un 10% en secano y un 7% en regadío de superficie no productiva. - El uso de productos fitosanitarios será restringido o, en algunos casos, excluido en estas áreas. |
Importe provisional de la ayuda | 46 euros/ha en secano y 140 euros/ha en regadío, para toda la superficie de la explotación. Se aplicará degresividad. |
(P6) Prácticas de cubiertas vegetales vivas en cultivos leñosos | |
Beneficiarios | “Agricultores Activos”, que realicen esta prácticas sobre hectáreas elegibles de cultivos leñosos. |
Superficie elegible | Superficie elegible de cultivos leñosos sobre la que se lleve a cabo esta práctica. |
Requisitos |
- Esta práctica consiste en cumplir el compromiso anual de mantener sobre el terreno una cubierta vegetal viva, en los periodos estipulados, como alternativa al manejo convencional. - El manejo de las cubiertas vegetales vivas solo podrá llevarse a cabo a través de medios mecánicos, depositando sobre el suelo los restos de la siega/desbroce. - La cubierta vegetal debe permanecer sobre el terreno sin segar/desbrozar en los periodos estipulados. Los restos de las cubiertas vegetales, una vez segadas/desbrozadas, deben cubrir el espacio inicial ocupado por la cubierta, de forma que el suelo no permanezca desnudo en ningún momento del año, en el porcentaje de anchura de la cobertura que se haya establecido. - Será obligatorio llevar un cuaderno de explotación en el que se reflejarán todas las labores y operaciones realizadas. |
Importe provisional de la ayuda |
Cultivos permanentes en pendiente < 5%: 59 euros/ha Cultivos permanentes en pendiente ≥ 5 - 10%: 100 euros/ha. Cultivos permanentes en pendiente ≥ 10%: 138 euros/ha. Estos importe son para las primeras 15 hectáreas. El resto cobrará el 70%. |
(P7) Prácticas de cubiertas vegetales inertes en cultivos leñosos | |
Beneficiarios | “Agricultores Activos”, que realicen esta prácticas sobre hectáreas elegibles de cultivos leñosos. |
Superficie elegible | Superficie elegible de cultivos leñosos sobre la que se lleve a cabo esta práctica. |
Requisitos |
- Esta práctica consiste en cumplir el compromiso anual de triturar los restos de poda y depositarlos sobre el terreno, como alternativa a la quema de los mismos. - Será obligatorio llevar un cuaderno de explotación en el que se reflejarán todas las labores y operaciones realizadas. - El beneficiario debe comprometerse expresamente a no quemar los restos de poda en ninguna de sus parcelas. |
Importe provisional de la ayuda |
Cultivos permanentes en pendiente < 5%: 55 euros/ha Cultivos permanentes en pendiente ≥ 5 - 10%: 94 euros/ha. Cultivos permanentes en pendiente ≥ 10%: 130 euros/ha. Estos importe son para las primeras 15 hectáreas. El resto cobrará el 70%. |
Ecoesquema complementario
(P8) Agricultura de Precisión: Gestión sostenible de insumos | |
Beneficiarios | “Agricultores Activos” con hectáreas elegibles de tierra de cultivo de regadío fertilizados y/o tratados. Es compatible con los ecoesquemas anteriores. |
Superficie elegible | Superficie elegible correspondiente a las tierras de cultivo de regadío fertilizados o tratados. |
Requisitos |
- Contar con un plan individual de abonado para ajustar los aportes de nutrientes a las necesidades reales de los cultivos, determinando la mejor forma y el momento de aplicarlos. - Contar con asesoramiento técnico. - Recoger toda la información obligatoriamente en el cuaderno electrónico de explotación. |
Importe provisional de la ayuda | Sin determinar. |
El Ministerio de Agricultura ha dado a conocer los detalles provisionales de las ayudas asociadas, destinadas a determinados sectores en la futura PAC, que entrará en vigor en 2023.
Destacamos que estas ayudas incluyen dos tramos. En el primero se cobrará el 100% de la ayuda, mientras que, a partir de un determinado número de cabezas o de hectáreas, se cobraría un porcentaje inferior. Como consecuencia de la provisionalidad mencionada, tanto los importes unitarios que aparecen para cada ayuda, como la degresividad señalada para cada uno de ellos en cuanto a superficie o número de cabezas, puede variar todavía. Insistimos en que estos detalles son provisionales.
Los sectores que contarán con ayudas asociadas son los siguientes:
- Ovino y caprino de carne.
- Ovino y caprino de leche.
- Ovino y caprino que pastan barbechos y rastrojeras.
- Vacas nodrizas.
- Terneros engordados en la explotación de nacimiento.
Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino, incluida la ganadería extensiva y semiextensiva sin base territorial propia. (incluye ayuda para ovino y caprino de carne, producción de leche sostenible de oveja y cabra, y ayuda la ganadería extensiva y semiextensiva que pastorea barbechos y rastrojeras) |
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Presupuesto total | 196,3 millones de euros |
Animal elegible | Hembras reproductoras de ovino y caprino conforme a la última declaración censal disponible en el Sistema Integral de Trazabilidad (SITRAN). |
Requisitos comunes a las tres ayudas |
- Los ganaderos para ser beneficiarios deberán tener un mínimo de 30 ovejas o 10 cabras elegibles en su explotación. - Asimismo los ganaderos para ser beneficiarios de estas ayudas deberán cumplir en su explotación con los criterios previstos en la normativa vigente y con aquellos que se establezcan en la normativa en elaboración en materia de - Bienestar Animal. - Reducción del consumo de Antibióticos. - Medio Ambiente. |
Ayuda asociada a los ganaderos de ovino y caprino de producción de carne en extensivo y semiextensivo | |
Beneficiarios | Ganaderos que cumplan la condición de agricultor activo con explotaciones inscritas en REGA del tipo producción reproducción de ganado ovino o de ganado caprino con clasificación zootécnica reproducción para producción de carne o mixta y las explotaciones tipo pasto. |
Asignación financiera | 131,25 millones de euros |
Ayuda a las 400 primeras ovejas/cabras (100%) |
Número de animales: 5.424.962. Importe unitario esperado:16,25 euros/cabeza (máximo 18,69; mínimo 13,82). |
Ayuda a partir de 401 ovejas/cabras (70%) |
Número de animales: 3.430.963. Importe unitario esperado: 11,38 euros/cabeza (máximo 13,08; mínimo 9,67). |
Movimientos de salida | Como mínimo deben salir de la explotación 0,6 corderos por hembra elegible en el periodo comprendido entre el 1 de junio del año anterior y el 31 de mayo del año de solicitud. |
Ayuda asociada para la producción sostenible de leche de oveja y cabra | |
Beneficiarios | Ganaderos que cumplan la condición de agricultor activo con explotaciones inscritas en REGA del tipo producción reproducción de ganado ovino o de ganado caprino con clasificación zootécnica reproducción para producción de leche o mixta. |
Asignación financiera indicativa | 45,04 millones de euros |
Ayuda a las 400 primeras ovejas/cabras (100%) |
Número de animales: 2.159.979 Importe unitario esperado: 14,285 euros/cabeza (máximo 16,43; mínimo 12,14). |
Ayuda a partir de 401 ovejas/cabras (70%) |
Número de animales: 1.418.617. Importe unitario esperado: 10,00 euros/cabeza (máximo 11,50; mínimo 8,50). |
Umbral mínimo de producción de leche |
Las explotaciones beneficiarias tendrán que tener un umbral mínimo de producción de leche medido en base a las declaraciones obligatorias (entregas y/o ventas directas) registradas en INFOLAC de 100 litros por oveja reproductora/año y 200 litros por cabra reproductora/año en el período entre el 1 de junio del año anterior a la solicitud y el 31 de mayo del año de solicitud. |
Ayuda asociada a los ganaderos extensivos de ovino y caprino que pastan barbechos, rastrojeras o restos de cosecha hortícola, incluida la ganadería extensiva y semiextensiva sin base territorial propia | |
Beneficiarios | Ganaderos que cumplan la condición de agricultor genuino con explotaciones inscritas en REGA del tipo producción reproducción de ganado ovino o de ganado caprino con clasificación zootécnica reproducción para producción de carne, leche o mixta y las explotaciones tipo pasto. |
Requisitos específicos de esta ayuda |
Los animales elegibles deberán realizar el pastoreo a diente, en superficies de rastrojeras, barbechos o restos de cosecha hortícola propias o que no estén a su disposición al ser declaradas por otro agricultor. Los beneficiarios tendrán que haber declarado hectáreas elegibles de rastrojeras y barbechos o cultivos hortícolas y si realiza el pastoreo sobre hectáreas que no están a su disposición (no declaradas por él) el beneficiario deberá contar y presentar en el momento de solicitud el contrato con el productor que las declare en la solicitud PAC. |
Asignación financiera indicativa | 20 millones de euros |
Ayuda |
Número de animales: 2.002.558 Importe unitario planificado: 9,933 euros/cabeza (máximo 11,423; mínimo 8,443). |
No obstante lo anteriormente señalado en cuanto a degresividad (400 ovejas para el 100 % de la ayuda), se ha solicitado al MAPA la ampliación de este límite hasta 600 o 700 ovejas para el 100 % de la ayuda, lo cual mejoraría sin duda el importe total a percibir para una gran mayoría de los ganaderos.
Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno extensivo y para los ganaderos que engordan sus propios terneros en la explotación de nacimiento. | |
Beneficiarios |
Ganaderos que cumplan la condición de agricultor activo con explotaciones inscritas en REGA del tipo producción reproducción de ganado bovino para producción de carne o mixta, clasificadas como extensivas conforme se establezca en la normativa de ordenación de explotaciones ganado bovino en elaboración, y explotaciones tipo pasto Asimismo los ganaderos para ser beneficiarios de estas ayudas deberán cumplir en su explotación con los criterios previstos en la normativa vigente y con aquellos que se establezcan en la normativa en elaboración en materia de - Bienestar Animal. - Reducción del consumo de Antibióticos. - Medio Ambiente. |
Ayuda asociada a los ganaderos de vacuno extensivo (vaca nodriza) | |
Condiciones de elegibilidad | Vacas nodrizas de raza cárnica o de cruce de estas razas inscritas en RIIA (SITRAN) ubicadas en explotaciones registradas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) del tipo de producción reproducción para la producción de carne o mixta, clasificadas como extensivas conforme se establezca en la normativa de ordenación de explotaciones de ganado bovino en elaboración y explotaciones tipo pasto. |
Deben haber parido en los 20 meses previos a la solicitud. | |
Novillas | El porcentaje máximo de novillas que se puede cobrar es el 15 % de las vacas nodrizas elegibles. |
Asignación financiera indicativa | 184,8 millones de euros. |
Ayuda a las 100 primeras vacas (100%) (*) |
Número de animales: 1.677.881 Importe unitario esperado: 96,00 euros/cabeza (máximo 110,40; mínimo 81,60). |
Ayuda a partir de 101 vacas (70%) |
Número de animales: 346.815. Importe unitario esperado: 67,20 euros/cabeza (máximo 77,28; mínimo 57,12). |
(*) Según noticia no oficial, este límite se va a subir hasta 150 vacas para el cobro del 100 % de la ayuda. | |
Ayuda asociada a los ganaderos de vacuno extensivo que ceban sus propios terneros en la explotación de nacimiento | |
Condiciones de elegibilidad | Bovinos de 8 a 24 meses de edad, inscritos en RIIA (SITRAN) con destino sacrificio en matadero o exportación, bien directo o bien a través de intermediario ubicados en explotaciones registradas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) del tipo de producción reproducción para la producción de carne, mixta o leche, clasificadas como extensivas o asimilables conforme se establezca en la normativa de ordenación de explotaciones de ganado bovino en elaboración, y explotaciones tipo pasto. |
Asignación financiera indicativa | 14,18 millones de euros. |
Ayuda a los 75 primeros terneros (100%) |
Número de animales: 329.128 Importe unitario esperado: 38,30 euros/cabeza (máximo 44,05 mínimo 32,56). |
Ayuda a partir de 76 teneros (70%) |
Número de animales: 55.817. Importe unitario esperado: 26,81 euros/cabeza (máximo 30,83; mínimo 22,79). |
Ayuda asociada a los ganaderos para el engorde sostenible de terneros | |
Condiciones de elegibilidad | Bovinos de 8 a 24 meses de edad, inscritos en RIIA (SITRAN) con destino sacrificio en matadero o exportación, bien directo o bien a través de intermediario. |
Beneficiarios |
Ganaderos que cumplan la condición de agricultor activo con explotaciones inscritas en REGA del tipo producción reproducción de ganado bovino con clasificación zootécnica cebo o cebadero. Además, los ganaderos para ser beneficiarios deberán tener un mínimo de 3 animales elegibles en su explotación y deberán cumplir en su explotación con los criterios previstos en la normativa vigente y con aquellos que se establezcan en la normativa en elaboración en materia de - Bienestar Animal. - Reducción del consumo de Antibióticos. - Medio Ambiente. |
Asignación financiera indicativa | 25,90 millones de euros. |
Ayuda a los 75 primeros terneros (100%) |
Número de animales: 447.600 Importe unitario esperado: 25,08 euros/cabeza (máximo 28,84 mínimo 21,32). |
Ayuda a partir de 76 teneros (50%) |
Número de animales: 1.156.817. Importe unitario esperado: 12,54 euros/cabeza (máximo 14,42; mínimo 10,66). |
Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal (Plan proteico) |
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Tipos de ayudas y Asignación financiera indicativa |
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TOTAL: 94 millones de euros | ||
Especies elegibles |
Leguminosas: Judía seca (Phaseolus vulgaris L., Phaseolus lunatus L.), caupí o frijol de carilla (Vigna unguiculata [L.] Walp., Phaseolus coccineus L.), garbanzo (Cicer arietinum L.), lenteja (Lens sculenta Moench, Lens culinaris Moench), guisante seco (Pisum sativum L.), habas secas (Vicia faba L.), altramuz dulce (Lupinus spp.), veza o alverja (Vicia sativa L.), yeros (Vicia ervilia (L.) Willd.), algarrobas (Vicia monanthos Desf.), titarros o almortas (Lathyrus sativus L.), alholva (Trigonella foenum-graecum L.), alberjón (Vicia narbonensis L.), alfalfa (Medicago sativa L.), esparceta (Onobrychis viciifolia Scop.), zulla (Hedysarum coronarium L.), y crotalaria (Crotalaria juncea L.). Oleaginosas: Girasol (Helianthus annuus L.), colza (Brassica napus L), soja (Glycine max (L.) Merrill), camelina (Camelina sativa (L.) Crantz), cártamo (Carthamus tinctorius L.) y cacahuete(Arichis hipogaea). |
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Requisitos |
- Emplear semilla de alguna de las variedades autorizadas. Se exceptúan de este requisito las semillas de las especies para las que no existe catálogo de variedades o está autorizada su comercialización sin necesidad de pertenecer a una variedad determinada. - Efectuar todas las prácticas y labores agrícolas que aseguren el normal desarrollo agronómico del cultivo y mantenerlo en el terreno hasta alcanzar el estado fenológico que se indica a continuación, para cada tipo de cultivo, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada: a) Leguminosas para grano, incluida la soja: hasta el estado de madurez lechosa del grano. b) Leguminosas para aprovechamiento forrajero anual: hasta el inicio de la floración. c) Leguminosas forrajeras plurianuales: Durante todo el año, excepto en el año de siembra y de levantamiento del cultivo, que se llevarán a cabo conforme a las prácticas tradicionales en la zona. d) Oleaginosas, excepto soja: hasta el cuajado del grano. - Se admitirán mezclas de leguminosas con otros cultivos. - Quedarán excluidas del cobro de la ayuda aquellas superficies cuya producción se utilice como abonado en verde, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas. - En el caso de la producción con destino a la alimentación animal, quedarán excluidas del cobro de la ayuda aquellas superficies cuya producción se destine a exportación fuera de la UE. |
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Legumbres en la península. Importe unitario planificado |
Hasta 50 ha. (100%) | Importe unitario esperado: 80,00 euros (mínimo 68,00; máximo 92,00) |
A partir de 50 ha. (60%) | Importe unitario esperado: 48,00 euros (mínimo 40,80; máximo 55,20) | |
Resto de leguminosas en la península. Importe unitario planificado |
Hasta 50 ha. (100%) | Importe unitario esperado: 60,00 euros (mínimo 51,00; máximo 69,00) |
A partir de 50 ha. (60%) | Importe unitario esperado: 36,00 euros (mínimo 30,60; máximo 41,40) | |
Oleaginosas en la península. Importe unitario planificado |
Hasta 50 ha. (100%) | Importe unitario esperado: 60,00 euros (mínimo 51,00; máximo 69,00) |
A partir de 50 ha. (60%) | Importe unitario esperado: 36,00 euros (mínimo 30,60; máximo 41,40) | |
Producción de semilla certificada en península. Importe unitario planificado |
Hasta 50 ha. (100%) | Importe unitario esperado 60 euros (y 80,00 legumbres); mínimo 51,00 (y 68,00 legumbres); máximo 69,00 (y 92,00 legumbres) |
A partir de 50 ha. (60%) | Importe unitario esperado 36,00 euros (y 48,00 legumbres); mínimo 30,60 (y 40,80 legumbres); máximo 41,40 (y 55,20 legumbres) |
Ayuda asociada a la producción sostenible del tomate para transformación | |
Requisitos |
- Destinar a la transformación la producción de tomate que deberá estar amparada mediante un contrato. - Realizar una siembra mínima de 22.000 semillas por hectárea, o bien una plantación mínima de 20.000 plantas por hectárea. - Realizar las entregas de materia prima a las industrias transformadoras entre el 15 de junio y el 15 de noviembre de cada año. |
Asignación financiera indicativa | 9,3 millones de euros. |
Ayuda a las primeras 15 hectáreas (100%) |
Superficie: 20.037,85 ha. Importe unitario esperado 335,080 euros/ha. (mínimo 308,738; máximo 366,337) |
Ayuda a partir de 15 hectáreas (60%) |
Superficie: 12.861,14 ha. Importe unitario esperado 201,048 euros/ha (mínimo 185,243; máximo 219,802). |
Ayuda asociada a la producción sostenible de arroz | |
Requisitos |
a) Superficie mínima de arroz por explotación de 0,5 ha, en recintos agrícolas de regadío. b) Emplear semilla de alguna de las variedades autorizadas. c) Llevar a cabo la siembra del arroz antes de la fecha límite del 30 de junio. d) Efectuar los trabajos normales requeridos para el cultivo del arroz y que éste llegue a la floración. e) Anualmente, los beneficiarios que soliciten esta ayuda, deberán presentar antes del 15 de noviembre las siguientes declaraciones ante la autoridad competente: - Declaración de existencias en su poder a 31 de agosto del año en curso. - Declaración de cosecha que especifique la producción obtenida y la superficie utilizada. f) Gestionar los residuos del cultivo de manera sostenible. |
Asignación financiera indicativa | 14,2 millones de euros. |
Ayuda a las primeras 25 hectáreas (100%) |
Superficie: 66.753 ha. Importe unitario esperado 146,28 euros/ha. (mínimo 124,34; máximo 168,23) |
Ayuda a partir de 25 hectáreas (80%) |
Superficie: 37.897 ha. Importe unitario esperado 117,03 euros/ha (mínimo 99,47; máximo 134,58). |
Ayuda Asociada a los productores de frutos secos en secano en áreas con riesgo de desertificación | |
Requisitos |
- Superficie cultivada en secano. - Superficie de almendro, avellano y algarrobo con una pendiente superior al 10% o teniendo una pendiente inferior ubicarse en una comarca con una pluviometría anual media a 20 años inferior a 300 mm. - Tener una densidad mínima de árboles por hectárea: 80 para el almendro, 150 en avellano y 30 para algarrobo. - Tener una superficie mínima por parcela por la que se solicita ayuda de 0,1 ha y que la superficie mínima por explotación sea 0,5 ha. |
Asignación financiera indicativa | 14 millones de euros. |
Ayuda región peninsular |
Superficie: 191.396,77 ha. Importe unitario esperado 69,465 euros/ha. (mínimo 63,150; máximo 77,183) |
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