Publicadas la modificaciones de la PAC
Se ha publicado el Real Decreto 628/2019, de 31 de octubre (BOE nº 263, de 01/11/2019), por el que se introducen algunas modificaciones en los Reales Decretos 1075/2014 y 1076/2016, sobre la aplicación de la Política Agraria Común, a partir del 1 de enero de 2020.
Actividades excluidas
No se concederán pagos directos a las personas físicas o jurídicas que ejerzan determinadas actividades no agrarias recogidas en el Anexo III del Decreto.
No obstante, se los considerará agricultores activos, y por tanto podrían ser beneficiarias de pagos directos, si reúnen determinados requisitos. Ahora se reduce a uno los criterios para acreditar que son agricultores activos: que aporten pruebas verificables que demuestren que su actividad agraria no es insignificante, sobre la base de que sus ingresos agrarios distintos de los pagos directos sean el 20 por ciento o más de sus ingresos agrarios totales.
Pago para Jóvenes agricultores
Se añade una nueva referencia a tomar como fecha de la primera instalación en la explotación: La primera instalación se considerará desde la fecha de alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria que determine su incorporación. No obstante lo anterior, si se tiene prueba fehaciente de que ha ejercido como responsable de la explotación con anterioridad a su fecha de alta en el régimen de la Seguridad Social, se podrá tomar esta otra fecha como la de instalación, si bien en estos casos será necesario que posteriormente a dicha fecha se haya producido el alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente a la actividad agraria que determine su incorporación.
Ayuda asociada al cultivo del arroz
Los industriales arroceros deberán presentar la declaración de las existencias de arroz que se encuentren en su poder a 31 de agosto, a más tardar el 15 de noviembre.
Ayuda asociada al tomate para industria
La parte vendedora podrá ser un agricultor o una organización de productores (OP). No obstante, aquellos agricultores que hayan vendido su producción, o parte de ella, a la OP como terceros, podrán incluirse en el contrato en el que figure dicha OP como vendedora.
Asimismo, podrán ser parte vendedora otras figuras asociativas distintas de las organizaciones de productores, tales como cooperativas o Sociedades Agrarias de Transformación, siempre que exista un mandato entre dicha figura asociativa y sus miembros de manera libre para que actúe como intermediaria entre sus miembros y la industria transformadora encargándose de suministrar a la misma la materia prima de sus miembros.
Ganaderos con derechos especiales
Aquellos ganaderos que sean titulares de derechos especiales de las ayudas asociadas de vacuno de leche, vacuno de cebo o de ovino y caprino, perderán, con carácter definitivo, el derecho a recibir estas ayudas asociadas si no las solicitan durante dos campañas consecutivas o más. No obstante, estos ganaderos podrán seguir siendo elegibles para otro tipo de ayudas asociadas.
Modificación de solicitudes
Se establece un nuevo plazo para modificar la Solicitud Única en el caso de agricultores sujetos a controles mediante monitorización.
El control mediante monitorización de las parcelas consiste en la observación periódica de imágenes de satélite de la superficie, lo que supone una simplificación de la gestión para la administración y una reducción de los costes de los controles de las ayudas.
Cultivos hortícolas y frutales
Deberá declararse anualmente y de forma gráfica toda la superficie de cultivo a través de la solicitud única o de las vías que la autoridad competente establezca para tal fin. En el caso de superficies de frutales, cuando la superficie declarada en el recinto sea mayor a 0,1 hectáreas, se indicará la especie, la variedad y el año de plantación. En el caso de cultivos hortícolas cuando la superficie declarada en el recinto sea mayor a 0,1 hectáreas, deberán especificarse las especies a implantar en la campaña sobre la misma superficie.
En el caso de superficies de frutales se indicará la especie, la variedad y el año de plantación. En el caso de cultivos hortícolas, deberán especificarse las especies a implantar en la campaña sobre la misma superficie.
Cultivos proteicos
Se modifica el contenido de la declaración responsable para que el solicitante se comprometa a que el destino de su producción sea directa o indirectamente la alimentación animal.
Barbecho de interés ecológico
Todas las superficies de barbecho que pretendan computarse como de interés ecológico, no deberán haber estado precedidas en la campaña anterior por ningún cultivo fijador de nitrógeno de los incluidos en el listado del apartado II del anexo del Real Decreto, con independencia de que dicho cultivo hubiera computado o no como superficie de interés ecológico en el año anterior.
Acceso a la Reserva nacional
Se introducen modificaciones sobre la fecha de comienzo de la actividad para quienes soliciten derechos de pago básico con cargo a la reserva nacional.
Continúa la sequía
Como ya decíamos en Boletines anteriores, a medida que avanza el otoño se va agudizando el problema de la bebida para el ganado, a la vez que se pierde la esperanza de una otoñada medianamente aceptable en cuanto a la hierba. Solamente se aprecia en general una buena montanera, aunque la bellota, sin hierba y sin agua en las fincas, perderá gran pare de su valor.
Ante esta situación sigue la “callada por respuesta” de la Administración. Después de la reunión a primeros de octubre del CAEX (Consejo Asesor Agrario de Extremadura) que preside la Consejera de Agricultura y del que forman parte las Organizaciones Profesionales Agrarias, no se ha conseguido variar la posición de la Junta de Extremadura.
Nos vuelven a “vender” como ayudas al suministro de agua a la ganadería la orden de “Ayudas a la mejora en Bioseguridad de las explotaciones ganaderas extensivas de las especies bovinas y/o caprinas”, ya publicada hace tiempo y que solamente se aplica a las explotaciones de bovino y caprino afectadas por la tuberculosis en los últimos tres años. Al parecer, dichas ayudas están incluidas en cuanto a su financiación en el PDR de Extremadura, y para ampliarlas a todos los ganaderos tendría que solicitarse y ser aprobada esta modificación por la Comisión de la UE. Visto lo cual, hasta el próximo año no podría contarse con ellas.
Mal está que se ignore oficialmente la grave situación que nos ocupa (al igual que Agroseguro en cuanto al seguro de sequía en pastos) y no se abran nuevas líneas de ayuda o de exención de tasas ganaderas, por ejemplo; pero peor aún es que se quiera engañar a la opinión pública mediante comunicados oficiales haciendo ver como ayuda a la sequía una normativa que ya estaba establecida y publicada, y con un objetivo concreto bastante diferente al de ayudar al ganadero a superar la crítica situación actual.
En cuanto a financiación, tan solo se ha obtenido la promesa verbal de una moratoria en la amortización de 2020 de los préstamos de sequía firmados en 2018. Esto contrasta con la actitud de otras comunidades autónomas (Castilla y León y Andalucía), que han habilitado ayudas financieras para paliar la sequía, mientras aquí lo único que encontramos son anuncios engañosos sobre medidas previamente existentes.
Tan solo se ha materializado respecto a financiación el adelanto del 70% del Pago Básico y del Pago Verde (medida nacional y de la UE, no de la comunidad autónoma) y tan sólo para el 64% de los solicitantes titulares de expedientes sin problemas.
En definitiva, seguimos padeciendo la sequía sin ningún apoyo de la administración regional, y lo que es peor, sin perspectivas de lluvias importantes en todo el suroeste español, que serían sin duda la mejor de las ayudas.
La Junta de Extremadura, al igual que Agroseguro, también ignora la sequía
Tras la entrevista del Presidente de la Junta de Extremadura y de la Consejera de Agricultura con las Organizaciones Agrarias el pasado día 11 de septiembre, no se vislumbran ayudas inmediatas y específicas para los graves problemas de la ganadería extensiva como consecuencia de la sequía. Tan solo la extensión a todo el sector de las ayudas contempladas en la Orden de 4 de julio de 2019 (DOE de 12/07/2019), para mejorar la infraestructura de las explotaciones positivas a tuberculosis, dentro de la que se contemplan las inversiones en mejoras de charcas y abrevaderos para aislar el acceso al agua a la fauna salvaje propagadora de la enfermedad. Esta Orden tendrá que ser modificada lo antes posible para que pueda ser aplicada en las nuevas condiciones.
Por lo demás, solo un ligero compromiso de estudiar la posibilidad de refinanciar los préstamos en vigor (sequía 2017, tuberculosis, etc.), y/o conceder alguna línea nueva de financiación con motivo de la sequía.
En definitiva, salvo el adelanto del 70% de las ayudas de la PAC, ya aprobado por Bruselas y por el Ministerio de Agricultura, nada en concreto que pudiera corresponder al presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Por el contrario Castilla y León y Andalucía ya han publicado a lo largo del verano la normativa de diferentes ayudas directas y financiación para los ganaderos de estas regiones, con cargo a sus respectivos presupuestos
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