•  Asociación Extremeña Ganaderos Del Reino

 

 

A partir de la información recibida de las Comunidades Autónomas, relativa a las solicitudes y a los animales que tienen previsto abonar para la ayuda específica a agricultores de ovino y caprino cuya producción esté amparada por denominaciones de producción de calidad, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha calculado el importe unitario correspondiente a la campaña 2013.

 

El límite presupuestario asignado es de 6.800.000 €, a repartir entre 3.631.357 animales con derecho a pago, según los datos comunicados por las Comunidades Autónomas.

Teniendo en cuenta que este pago se concede por estratos, de modo que el importe de las ayudas será el importe completo en el caso de denominaciones de calidad de ámbito comunitario y del 80 % en el caso de denominaciones de calidad de ámbito nacional, y que el FEGA ha fijado el importe unitario en 2,05436428 euros por animal, el importe por animal elegible será:

         a) En el caso de denominaciones de calidad de ámbito comunitario: el importe completo de la ayuda: 2,05436428 euros por animal.

         b) En el caso de denominaciones de calidad de ámbito nacional: el 80 por cien del importe completo de la ayuda: 1,6434913 euros por animal.

En la anterior campaña (2012) el número de animales notificados fue inferior (3.527.290 animales frente a los 3.631.357 de 2013), y además el presupuesto disponible era superior al de 2013 (7.200.000 frente a 6.800.000 euros). Por todo ello, el importe por cabeza de 2013 es 0,15 euros inferior al que se cobró en 2012.

Esta ayuda se concede a aquellos ganaderos que comercialicen bajo los programas de producción de calidad de que se trate la producción de al menos un 35 % de las hembras elegibles de la explotación en 2013.

Para calcular el número de animales con derecho a pago, se han tomado en consideración aquellas ovejas que tenían al menos un año de edad, el 1 de enero de 2013.

Ya puede consultarse, a través de LABOREO, la carta con el número de animales y demás datos que han servido para el cálculo de la ayuda:

CAMPAÑA = 2013; COMUNICACIONES; política agraria comunitaria comunicaciones ayudas al ovino y caprino > Carta Trámite de Audiencia Ovino Calidad 2013.

Tienen la consideración de denominación de calidad a estos efectos los siguientes sistemas de calidad reconocidos oficialmente en el sector ovino y caprino mediante la correspondiente norma legal:

o        De ámbito comunitario:

         a) Indicaciones Geográficas Protegidas.

         b) Denominaciones de Origen Protegidas.

         c) Especialidades Tradicionales Garantizadas.

         d) Ganadería Ecológica.

 

o        De ámbito nacional:

         e) Ganadería Integrada.

         f) Etiquetado facultativo.


A partir de la información facilitada por las Comunidades Autónomas, relativa a las solicitudes y a los animales que tienen previsto abonar, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha calculado el importe unitario correspondiente a la campaña 2013 de la ayuda para la mejora de la calidad de la carne de vacuno.

 

El límite presupuestario está establecido en 7.000.000 de euros, a repartir entre 571.789 animales comunicados por las Comunidades Autónomas, por lo que resulta un importe unitario de 12,24227818 euros / animal.

 

Se viene observando una disminución en el número de animales con derecho a pago (615.860 animales solicitados en 2011, 587.353 en 2013 y 571.789 en 2013), lo que supone un ligero incremento del importe (0,33 euros/animal) con respecto a la campaña de 2012.

 

Con esta ayuda específica se pretende incentivar la mejora de la calidad y la comercialización de la carne de vacuno.

 

Se concede por las cabezas sacrificadas dentro de alguno de los siguientes sistemas de calidad de carne reconocidos oficialmente:

 

• De ámbito comunitario:

      a) Indicaciones Geográficas Protegidas.

      b) Denominaciones de Origen Protegidas.

      c) Ganadería Ecológica.

 

• De ámbito nacional:

     d) Ganadería Integrada.

     e) Etiquetado facultativo de la carne que implique unos requisitos superiores a los exigidos en la normativa aplicable.


Ayudas para la primera instalación de jóvenes agricultores

 

El 31 de mayo finaliza el plazo para presentar las solicitudes de ayudas para la primera instalación de jóvenes agricultores.

Los jóvenes agricultores podrán elegir en el momento de su solicitud entre una de las siguientes opciones:

 

OPCIÓN 1: Exclusivamente subvención directa, que consistirá en una prima única cuya cuantía básica máxima será de 33.000 €.

 

OPCIÓN 2: Combinación de subvención directa y bonificación de intereses, cuya cuantía básica máxima para cada una de ellas será de 30.000 €.

 

El préstamo auxiliable será como máximo del 90 % de las inversiones aprobadas, hasta un máximo de 180.000 €, cuyas características se determinarán conforme al Anexo I del Decreto.

 

La opción elegida se podrá modificar hasta el momento de la aceptación, o en su caso, de la remisión de las alegaciones a la propuesta de resolución provisional.

 

INCREMENTOS: las cuantías básicas expresadas anteriormente, tanto en la opción 1 como en la 2, podrán incrementarse en un 10 % por cada uno de los siguientes supuestos:

 

— Cuando se genere en la explotación al menos una UTA asalariada adicional a la del joven que se instala.

— Si la explotación esta ubicada en una zona de montaña, conforme al artículo 36, letra a, inciso i, del Reglamento (CE) 1698/2005.

— Explotaciones dedicadas en su totalidad a la producción ecológica.

 

Importe máximo a percibir tras aplicar los incrementos:

 

OPCIÓN 1: La subvención total a la primera instalación, una vez aplicados los incrementos, no podrá ser superior a 40.000 €, ni al importe de los gastos de instalación realizados.

 

OPCIÓN 2: La subvención correspondiente a prima única y bonificación de intereses, una vez aplicados los incrementos, no podrá ser superior a 35.000 € para cada una de ellas, ni la suma de ambas al importe de los gastos de instalación realizados.

 

La explotación en la que se incorpora el joven deberá tener suficiente entidad por si misma y contar con medios de producción claramente diferenciados de los de otras explotaciones.

 


 

A partir de la información recibida de las Comunidades Autónomas, el FEGA ha calculado el importe unitario de la ayuda para compensar las desventajas específicas que afectan a los agricultores del sector ovino (“prima a la vulnerabilidad”), correspondiente a la campaña de 2013.

 

Para esta ayuda específica existe un límite presupuestario, para la campaña de 2013, de 26.500.000 euros, a repartir entre 7.254.721 animales con derecho a pago.

 

Teniendo en cuenta que el importe por cabeza se modula proporcionalmente, de modo que las ovejas procedentes de explotaciones cuyos titulares no comercialicen leche o productos lácteos de oveja recibirán el importe unitario completo, y las procedentes de explotaciones que sí han efectuado entregas de leche percibirán el 70% del mismo, el FEGA ha fijado el importe unitario en 3,91328873 euros/animal. El importe anterior (año 2012), fue algo superior: 4,31 euros/animal, debido a que se contaba con un mayor presupuesto y que el número de animales con derecho a pago fue inferior.

 

Tipo de explotación

Importe €/animal

Titulares que no comercializan leche

3,91328873

Titulares que comercializan leche

2,73930211

 

Esta ayuda va destinada a los titulares de explotaciones de ovino que se agrupen entre sí en entidades asociativas con el fin de que a través del fomento de la mejora de su competitividad o de la ordenación de la oferta o del incremento del valor de su producción, pueda garantizarse su permanencia en la actividad.

 

La Comisión Europea ha propuesto reducir las ayudas directas de la Política Agraria Común (PAC) en un 1.301951 % en 2015 ya que el presupuesto disponible está por debajo del requerido. Con ello se pretende constituir una reserva de crisis, con una dotación de 433 millones de euros, para el presupuesto agrario de 2015.

Esta reducción propuesta por la Comisión no afectaría a los 2.000 primeros euros de ayuda.

Según las normas presupuestarias, la Comisión Europea está obligada a presentar antes de que finalice el mes de marzo, un ratio de disciplina financiera, si prevé que el gasto para el siguiente año (incluida la reserva de crisis) sea mayor que el monto presupuestario máximo disponible para las ayudas directas de la PAC y las medidas de mercado definidas en las cuentas plurianuales 2014-2020.

Antes del 30 de junio de 2014 el Consejo y el Parlamento Europeo deben fijar el porcentaje que se aplicará por disciplina financiera. En caso contrario, será la Comisión quien lo determine. Se considera que existen pocas posibilidades de que se llegue a un acuerdo antes de junio, por las elecciones europeas de mayo.

La reforma en el Reglamento de la OCM Única preveía una medida de gestión de crisis para evitar situaciones como la vivida en la “crisis del peino” de hace un par de años. Estos importes deben ser devueltos si no se produce en el año ningún caso que desencadene una medida de gestión de crisis, por una bajada de precios o por la pérdida de confianza del consumidor.

 


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